Se acumula

Quisiera saber si es verdad que cuando terminas un trabajo y no te apuntas al paro antes de 15 días del ultimo día trabajado ese tiempo trabajado no se acumula para posibles compensaciones(cobrar el paro)

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El trabajador deberá efectuar las siguientes actuaciones:
Inscripción como demandante de empleo y solicitud de la prestación en el Oficina de Empleo, en los 15 días hábiles siguientes a la situación legal de desempleo.
En el caso de despido procedente, la inscripción como demandante de empleo se realizará en el plazo de 15 días hábiles siguientes a la notificación de la sentencia, y la solicitud se formalizará en el plazo de 15 días hábiles desde la finalización del período de tres meses de espera, contados a partir de la sentencia.
NO REALIZAR LA INSCRIPCIÓN o la solicitud en el plazo fijado, salvo casos de fuerza mayor, supone la pérdida de tantos días de derecho a la prestación como medien entre la fecha de nacimiento del derecho de haberse inscrito y solicitado en tiempo y forma y la fecha en que, efectivamente, formule la solicitud. Es decir, que lo que ocurre, es que el tiempo de más que pase sin que te hayas apuntado será un dinero que no percibirás.
Tu no sabrás que documentación hacen falta para pedir las prestaciones .Gracias por tu anterior respuesta
Muchas gracias de verdad hasta otro día.
Estos son todos los trámites, muchos de ellos seguro que los tienes ya:
Solicitud ante la Oficina de Empleo correspondiente (te la dan allí)
Solicitud de la prestación en modelo normalizado que facilita la propia Oficina de Empleo también.
Documentación acreditativa de la situación legal de desempleo o de la situación considerada como tal, en su caso (despido improcedente o documento de fin de contrato, por ejemplo)
Certificado o certificados de empresa en las que hubiera trabajado en los últimos 6 meses.
Modelo Oficial de Compromiso de actividad.
Documento de identificación y afiliación.
Declaración de cargas familiares y rentas, en modelo normalizado, que facilitará la Oficina de Empleo, a efectos de topes de la prestación.
Impreso de domiciliación en cuenta de la prestación, si el trabajador opta por este sistema de pago (te lo recomiendo para que te hagan la transferencia).
Eso es todo. Parece mucho pero no es tanto. Si tienes dudas vete a tu oficina del INEM y ellos te indicarán qué te falta y qué tienes que hacer, pero es más fácil de lo que parece.
p.d.

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