Contrato Mercantil

Hola Anpema.
Actualmente estoy cobrando la prestación por desempleo y una empresa me ofrece un contrato mercantil para que imparta un curso. La duración del mismo es de 20 horas. ¿Si firmo dicho contrato, podría perder mi prestación por desempleo, es decir, es incompatible cobrar la prestación e impartir un curso de 20 horas en total? Gracias de antemano. Un saludo

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Las prestaciones y subsidios por desempleo son incompatibles con el trabajo por cuenta propia ( contrato mercantil) aunque su realización no implique la inclusión obligatoria en alguno de los regímenes de la Seguridad Social, y con independencia del número de horas que dediques a la actividad
La percepción de comisiones como consecuencia de la suscripción de un contrato mercantil comporta una actividad laboral incompatible con las prestaciones de desempleo, y ello con independencia de la cuantía de dichas retribuciones.
Referencia normativa: Art. 221.1 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social aprobado por R.D. Legislativo 1/94, de 20 de junio.
Estarías obligado a comunicarlo al INEM para que procedan a suspender el abono de la prestación por el período que corresponde a dicha actividad, acreditando documentalmente la duración de esa actividad ( si esto no fuera posible, el INEM calcularía los días dividiendo la retribución percibida entre la base máxima de cotización fijada para los trabajadores autónomos.
Así que debes comunicarlo, aunque cuando termines volverían a abonarte la prestación por desempleo

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