Autónomo colaborador vs Régimen general

Si es posible, me respondierais a la siguiente pregunta:
Mi padre es autónomo y quiere contratarme. Me han comentado que como soy familiar suyo, debe contratarme como "autónomo colaborador", pero también he oído algo de que, si demuestras que no dependes de él, puede contratarte por el régimen general. Nos interesa más este segundo porque, para ejercer la actividad por la que me contrataría, necesito tener un titulo de capacitación del cual él sí que dispone. Si me contrata como empleado por el régimen general, no haría falta que yo lo tuviera, pero sin embargo, si soy autónomo necesito tenerlo yo y hasta el año que viene no se hacen esos exámenes.

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Según enuncia el Estatuto de los Trabajadores en su art.1.3 e), se excluyen del ámbito de las relaciones laborales, los trabajos familiares, SALVO QUE SE DEMUESTRE LA CONDICIÓN DE ASALARIADOS DE QUIENES LOS LLEVAN A CABO. Además, entiende por familiares, siempre que convivan con el empresario, el cónyuge, los ascendientes y descendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive...
Por tanto: SI PUEDES SER CONTRATADO POR TU PADRE sin problemas. Pero OJO! Tu padre no puede beneficiarse de bonificaciones ni subvenciones/ayudas como consecuencia de tu contratación. O sea, la contratación ha de ser ordinaria, indefinida o eventual(temporal), pero sin estar ligada a ayudas/subvenciones/bonificaciones de ningún tipo.

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