Gerente de empresa

Huecha,
Mi consulta versa sobre la figura del Gerente de empresa.
A medio plazo quisiera crear una S.L., entonces yo como gerente y único socio de mi empresa ¿soy autónomo?, si el socio no es un autónomo ¿lo correcto sería disponer de una retribución mensual de mi propia empresa como si estuviera trabajando por cuenta ajena?.
¿En qué régimen de Seguridad Social está sujeto el único socio(y por tanto el titular-administrador)de una Sociedad Limitada Unipersonal?. Al llevar una negocio propio supongo que tendrá la forma jurídica de autónomo, pero eso contradice el principio de responsabilidad limitada al capital aportado que conlleva toda Sociedad Limitada (ya que como Ud. Sabe, el autónomo responde con todo su patrimonio personal).
Como ve soy un mar de dudas... SOCORRO!

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La SL tendría un gasto deducible que sería tu nómina, tu pagarías IRPF por la nómina, y la SL ISociedades por sus beneficios.
Tendrías que cotizar también en autónomos y te quedaría mayor jubilación. Una opción es nombrar administradora a tu mujer y así que cotizara a efectos de ganarse una jubilación.
Ok.
Entonces, siguiendo su razonamiento...:
1.- Desde el punto de vista fiscal, yo como autónomo declararía por el IRPF mis Ingresos, en concepto de Nómina que me pagaría mensualmente mi propia empresa SL como gestor de la misma ¿es correcto? (Claro que la cantidad de la nómina, al ser yo el dueño, será la que yo marque, ¿correcto?).
Y por otro lado mi empresa declarará a través del Impuesto de Sociedaes.
2.-Y la última. Supongamos que estoy trabajando por cuenta ajena (en una Caja de Ahorros por ejemplo), y como tengo mucho tiempo libre por las tardes, decido crear una S.L.U. Por trabajar por cuenta ajena estoy cotizando en el Régimen General de la SS, pero ahora, al mismo tiempo de trabajar por cuenta ajena llevo mi propia SL ¿Qué pasaría entonces? ¿Me obligarían a abandonar el Régimen General de SS o puedo elegir el Régimen?
Resolviendo estas dudas creo que me quedaría todo más claro.
Gracias por su inestimable ayuda.Le estoy muy agradecido.
Confundes el encuadramiento en Seguridad Social, y la personalidad jurídica propia de la SL unipersonal.
Si quien contrata es la SL, es la SL con su patrimonio quien responde de las deudas y de las obligaciones.
Por otra parte es que si trabajas, has de darte de alta en SS, y no te dejan que te des de alta en régimen general sino que has de darte como autónomo y cotizar como autónomo.
No confundir régimen jurídico de la SL con el encuadramiento en SS.

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