Paga de Beneficios

Resulta que en mi trabajo tengo tres pagas extraordinarias, y quisiera saber en que fecha se paga la de beneficios, y hasta cuanto puede retrasarse legalmente mi jefe en el pago de la misma; ya que estamos a 30 de marzo y aun no la he cobrado(tengo entendido que se paga en marzo, y supongo que debería pagarse a mediados del mismo mes)...

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Perdona pero necesito que me especifiques a que provincia pertenece el convenio, aún así por el código 33 deduzco que es el convenio de comercio de Asturias, donde se establece que la paga de marzo se liquida a 31 de Marzo, pero el citado Convenio especifica cuatro pagas extraordinarias al año.
Si no fuera el Convenio de aplicación me indicas la provincia donde radica la empresa y te analizaré nuevamente la respuesta.
Pues el convenio tal y como viene escrito en mi contrato dice;
"comercio art 33"
Supongo que se referirá al articulo 33 ¿no?.. Otra cosilla, primero he tenido contrato de 3 meses y ahora una prorroga de 9 con lo cual el 6 de julio hago un año... después del año.. o me hacen fijo o a la calle ¿no?
El Convenio de Comercio en general de Málaga, en su artículo 20, establece que existen tres pagas extraordinarias, y en concreto la paga de Beneficios establece que se liquidará antes del 15 de Marzo de cada año, con lo cual está fuera de cualquier plazo de pago.
Pues es en la provincia de Málaga, más concretamente en la localidad de Marbella.
Depende de la actividad en la que esté encuadrada la empresa en la que trabajes (por ejemplo en el Comercio el pago está estipulado a fecha 28 de Febrero, en la Madera a 19 de Marzo, etc...)
En cuanto al pago de salarios, el artículo 29 del ET establece que la liquidación y el pago del salario se han de realizar puntual y documentalmente en la fecha y lugar convenidos, o según los usos y costumbres, pero se entiende lógico un retraso de hasta 10 días (es decir hasta el día 10 del mes siguiente).
Espero haberte ayudado, y si me indicas específicamente el Convenio te diré cuando debía cobrarse la paga.
Pues el convenio es: COMERCIO 33..
(Es una tienda de autorecambios)
Se refiere al Grupo del Convenio que regula la actividad especifica de la empresa donde estas trabajando (autorecambios).
Correcto, la duración máxima del contrato de duración determinada que tienes es de 12 meses, duración que agotas a la finalización de la prórroga, por tanto si el contrato no se transforma en indefinido, te lo finalizarán aunque te lo deben notificar con 15 días de antelación.

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