Deuda impagada.. Y prescrita?

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<DIV class="user-icon user-icon-nophoto" title="Usuario irenzita preguntando en Derecho"> </DIV>
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buenas tardes y gracias de antemano. Le expongo mi tema, ojale encuentre alguna explicación, porque hasta ahora no doy con una lógica.: Mi marido, en el año 2001 compro un coche mientras vivía en palma de mallorca mediante una caja balear y una financiera. Al año justo, volvió a jerez de donde es natural, empadronándose de nuevo en casa de sus padres y cambiando la domiciliación fiscal, sucursal bancaria al bbv ya que la otra era banca march, Para la financiación del coche sirvió de avalista su padre con la nomina ya que entonces trabajaba, en este momento jubilado. Siguió sin ningún problema el pago del coche hasta el 2003 que cambio a unicaja y siguió con el pertinente pago todos los meses de la fecha hasta agosto del 2006 que fue la letra final. Siguiendo de titular en dicha cuenta hasta marzo de 2007 cerrándola sin ninguna deuda, ya que antes nos informamos y dijeron que estaba todo liquidado. Pues bien, en estos años jamas he tenido noticia de ningún banco anterior por el tema del coche, y hace una semana , mi suegro recibe una carta de abogado de la compañía financiera en la cual explica que debe una deuda ( que lo dudo) de 1300 euros que se deben a dos letras pendientes del coche de los meses de marzo y junio del año 2006 de 240 euros cada una mas gastos y comisiones. Y que respondeamos en 8 días si no tomaran medidas legales.Mi pregunta es; puede ser esto así, si en 6 años hemos estado localizables, recibiendo cartas del antiguo banco, y nunca ninguna por impago? En el caso que no dieran con el l titular que es mi marido, mi suegro tenia la misma dirección que en la fecha del aval.. Prescribe la deuda? No lo entiendo 6 años después que pase esto. Que medidas debo tomar, porque estoy perdida . Muchas gracias y espero pronta respuesta.

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1 Respuesta

Respuesta

Acuda a la entidad financiera donde tenían el pago de las letras en esa fecha (2006) y que solicite le entreguen un extracto de los pagos a dicha financiera así como de las posibles devoluciones que pudieran haber habido, única forma de poder salir de dudas.

La supuesta deuda no está prescrita.

Con el documento que le entreguen en el banco, remita una copia por burofax con certificación de texto y acuse de recibo, a la referida financiera.

Ruego cierre y valore

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