Denuncia en comisaria - citación en juzgado

Hemos denunciado en agosto a un electricista que vino cogió el dinero y nos dejo sin hacer sus funciones (solo puso unos cuantos enchufes y se le pago para más cosas, como el dictamen, entre otras). En total se le entregaron unos 650€ (una parte con factura y la otra sin) y se le denuncio en comisaria. Ahora me llego una citación para personarme en el juzgado como perjudicado; Lo que deseaba, es saber si es necesario que lo haga en compañía de un abogado (caso en el cual, llamaría a la compañía aseguradora del piso), ¿es decir que me represente? ¿O no es necesario?
Es decir, quiero saber un poco el procedimiento que debo seguir ya que deseo ser compensada por los daños que nos provoco (porque como consecuencia de ello se tuvo que pagar otro electricista, una multa de la compañía eléctrica por no tener a tiempo el dictamen etc), es decir que deseo exigir el cumplimiento (que me devuelva el dinero que se llevo) y pedir daños y perjuicios... Por todo el dinero perdido y por el daño causado!
¿No se si para ello hay que ponerle una demanda y personarse como acusación..?

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La denuncia y la demanda son figuras distintas
La denuncia da lugar a un procedimiento penal como el que se está siguiendo, miemtras que la demanda da lugar a un procedimiento civil y ésta no se presenta en comisaria sino ante el juzgado de 1º Instancia
En el proceso penal no es oblogatorio comparecer como parte pues la acusación puede llevarla el fiscal, lo que ocurre es que si no se persona con abogado no podrá influir en la tramitación del proceso y quedará únicamente al criterio del fiscal
Si el proceso penal sigue adelante y esa persona es condenada se le obligará a indemnizarle devolviéndole lo que le pagó usted

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