Pensión de mi ex

Hola y gracias por esta oportunidad.
Estoy divorciada desde hace poco, con una niña de 2 años. Tras la separación fui a vivir con mi madre y se acordó una pensión que debía pagarme mi ex cada mes para la guardería de la niña y manutención.
Siempre ha pagado con retraso e incluso cuotas incompletas. Que si ahora no le va bien, que en cuanto pueda me da lo que me debe, etc... Rollos mañaneros.
El caso es que hace ya tres meses que no paga y ya estoy cansada de llamarlo (que ya no me coge el teléfono) o de hablar con su hermana para que se ponga en contacto conmigo.
La pregunta es: ¿Qué procedimiento legal tengo que seguir para conseguir que cumpla con el contrato? Estoy harta.
Y una cosa más, ya puestos, ¿existe algún tipo de penalización económica por retraso/impago? No poseo muchos recursos y contaba con ese dinero cada mes para la guardería y cosas de la niña, desde el verano se me está haciendo muy duro.
Muchas gracias.

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Te cuento lo que tienes que hacer por partes:
1º.- Dirígete al Colegio de Abogados de tu provincia y pide un Abogado y un Procurador de Oficio. Puesto que para cualquiera de los dos procedimientos que voy a decirte los necesitarás. Para ver si tienes derecho a Beneficio de Justicia Gratuita o no, te pedirán la declaración del IRPF, las últimas nóminas, si tienes bienes inmuebles, etc.
2º.- Una vez que te den los profesionales, a lo primero que puedes optar es a lo que se llama "Ejecución de sentencia de separación", que es un procedimiento que se insta para obligar a esta persona a pagar las cuotas pendientes o completar las que ha pagado. Necesitarás:
- Justificantes de las cuotas que han quedado incompletas (lo mejor es que esto se haga por banco, así es fácil ver cuáles no se han completado y cuál era su cuantía);
- Un testimonio de la sentencia de separación (si no lo tienes vete con la copia y ya te sacarán el testimonio los profesionales que te toquen).
- Si tienes que reclamar gastos extraordinarios, los justificantes de haber pagado tú los libros, la ropa escolar, etc, para poder reclamar el 50% que es lo que estas sentencias conceden.
- Facilitar a tu abogado el lugar donde trabaja para que le hagan el embargo de la nómina cuanto antes, o decirle bienes de su propiedad, con la misma filnalidad.
Esto va con intereses privilegiados y además le ponen las costas del procedimiento.
3º.- Puedes preguntar a tu abogado, si cree conveniente iniciar un proceso de Impago de Alimentos por lo penal. Debe de recomendarse atendiendo a las circunstancias que cada cual puesto que no tiene por qué ser más rápido ni añadir alguna ventaja adicional. Tal vez si puedes acreditar que se te han producido otros daños y perjuicios diferentes de la deuda a que asciende la pensión, éste puede ser el proceso que te conviene.
Por eso te recomiendo lo siguiente:
Para hacerlo cuanto antes, di en el Colegio de Abogados de tu zona que quieres poner una denuncia por lo penal por impago de alimentos. Luego el abogado que quede designado ya tomará la elección que sea, en relación a los dos procesos que te he indicado.
Hacer esa "puntualización" en tu caso al ir a solicitar abogado de oficio, hace que te den al profesional lo más rápido posible, mientras que para lo civil hasta que no están seguros de que tienes derecho a beneficio de justicia gratuita, te tienen la reclamación parada. Para lo penal, como se entiende que la intervención debe de ser más urgente, se comprueban los requisitos más tarde.
Por tanto, si estás segura de que cumples los requisitos para ser beneficiaria de la Justicia Gratuita, vete y dí que quieres ir por lo penal.
El abogado que te lleve lo penal necesitará los mismos documentos que si lo preparas por lo civil.
Saludos desde Logroño, a tu disposición si tienes cualquier otra duda y suerte.

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