Despido

Hola
Ante todo darle las gracias por molestarse en leer esta pregunta.
Tengo entendido que para un despido procedente o no, el plazo con el que el patrón tiene que avisar es de 15 días, pero lo que no se con que plazo de tiempo han de avisar cuando el despido es por cese del negocio por jubilación por enfermedad del patrón, ¿es el mismo o es mayor?
Abusando de su amabilidad le hago otra pregunta ¿cuáles son mis derechos retributivos?, ¿Cuáles son las indemnizaciones a recibir? O simplemente ¿no hay indemnizaciones, ni finiquitos, ni liquidaciones?.
Agradeciéndole su tiempo, reciba un cordial saludo y inmensas gracias.
P.D. Es en territorio Español, concretamente en Castilla y León, mi ocupación: Oficial 2ª Técnico en electrónica

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En este caso se estaría ante la extinción del contrato por incapacidad del empresario y tendría derecho a una indemnización de un mes de salario y a desempleo, la situación de desempleo se acredita presentando la notificación escrita del empresario, de dicha extinción siempre que no se haya reclamado contra ella, además de ello el empresario le tiene que dar el certificado de empresa y documentos de cotización así como la propuesta del documento de liquidación de las cantidades que le adeude, es decir, salarios pendientes, parte proporcional de pagas extras y las cantidades correspondientes a las vaciones no disfrutadas. ¿De todas maneras la empresa que te tiene contratado es una Sociedad o un empresario autónomo?, porque en el caso de ser una sociedad o comunidad de bienes o si hubiera cotitularidad empresarial no cabría extinguir el contrato por esa causa, ya que no hablaríamos de persona física sino jurídica y no te podrían extinguir por esa causa porque habría continuidad de la personalidad y sólo lo podrían por causas económicas, técnicas o fuerza mayor y estaríamos hablando de un despido y no de una extinción del contrato y tendrías que ir contra él en los 20 días siguientes y las indemnizaciones serían mayores, asique mira esto bien no vaya ser que después te encuentres con algún problema.
Hola
Ante todo las gracias por la respuesta excelente y escueta, pero aun me queda la duda del tiempo que ha de avisarme ante tal extinción de contrato, se que en otros casos son 15 días, pero en este caso ¿cuánto es?.
Desgraciadamente no hay cotitu
laridad en la empresa, pues es autónomo.
Un saludo y gracias de nuevo
El convenio, habitualmetne se suele preavisar con 30 días pero expresamente no se recoge nada en este punto, de todos modos os lo tienen que extinguir cuando ya esté admitida su solicitud sino sería un despido y deberíais reclamar por él.

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