Juicio monitorio

Puedo reclamar en el llamado juicio monitorio una deuda de 200.000 pts. Yo solo

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Efectivamente la nueva Ley de Enjuiciamiento Civil ha diseñado un juicio rápido de reclamación de deudas hasta 5 millones de pesetas, de manera que en principio cualquier persona puede accionar ante los jJuzgados de primera instancia, sin valerse de ningún tipo de profesional. Si el deudor no contesta, o no se opone, inmplica que el Juez despacha ejecución contra el mismo, y si se opone a la deuda, entonces, el procedimiento hasta 150.000 pts permitiría abrir una incidencia de juicio verbal sin valerse de abogado ni procurador.
En definitiva, cualquier persona puede formular demanda de juicio monitorio, para reclamar deudas de hasta 5 millones de pesetas, sin necesidad de contar con abogado y Procurador, aunque la intervención de éstos si el deudor se opone a la demanda podría ser obligatoria.
Muchas gracias veo que el experto es una persona madura, ponderada pero sobre todo aún siendo experta utiliza un idioma asequible al alcance de todas las inteligencias

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