Si marcho sin avisar con 2 meses (como pone contrato).

Después de firmar contrato de finalización el propietario me avisa que no le avisado con 2 meses de antelación y se queda la fianza. Hasta me dice que me podría demandar por incumplimiento. ¿Se puede hacer algo?
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A ver, si habéis firmado de mutuo acuerdo la finalización, sin que en dicho documento conste que indemnizas al propietario con los dos meses de fianza, entiendo no ha lugar a que se la quede, y la fianza, debería tener su fin primero, es decir comprobar si se ha de aplicar a algún desperfecto y si no su devolución. Te aconsejo una lectura detallada del documento de resolución, y si en el mismo, no consta dicha clausula de la indemnización, se lo podrías reclamar al propietario, pudiendo empezar por mandarle un burofax en dicho sentido.
El contrato dice que se me devolverá la fianza una vez comprobado estado de piso, todas las facturas estén al día y que no haya cualquier otro concepto.(El represéntate legal de la finca comprobó todo el día que firmamos).
El tema es que he marchado con tres semanas de antelación por tema de trabajo i a más a otra ciudad. En principio el propietario no me ha dicho nada pero después de dos semanas de firmar la resolución de contrato me dice que no he cumplido y se queda confianza. A sobre me dice que me podría demandar por incumplimiento. ¿Podría hacer eso?
Lo que te digo es que repases el escrito de la resolución del contrato que hayáis firmado, entiendo no te puede demandar por incumplimiento, puesto que él al firmar el escrito de resolución ha aceptado tu marcha previa, tienes que mirar si en el escrito de fin de contrato, consta que la fianza queda para el propietario o no.
El contrato dice
Que contrato entra en vigor tal día y será renovable de año en año hasta máximo de cinco años si una de las partes no avisa a otra por darlo como acabado con dos meses de antelación.
El supuesto de que se rescinde el contrato en un termino inferior de un año comportará a la parte arrendataria la perdida de la cantidad liberada en el concepto de fianza.
Llevaba casi dos años...
¿Perona por las preguntas pero a quin me dirijo una gestoría? ¿Abogado? Después de esta cierro
Muchas gracias
Te puedes dirigir a un abogado, pero has de calcular si te merece la pena o no dependiendo de cual fuese la cuantía de la mensualidad. Como te digo, pese a todo, el propietario no se ha portado mal, pues te podría haber exigido el resto hasta finalizar contrato, o que le avisaras en condiciones, perdiendo igualmente dos meses. Conforme a la redacción del contrato, realmente no queda claro que aplicar en el supuesto que finalmente ha sucedido.

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