Devolución dinero

Soy propietaria de un gimnasio, y una clienta que se apuntó hace 10 días para mayo-junio -julio, nos ha llamado para decir que ahora no le viene bien empezar al gimnasio. ¿Ella ha pagado 200? Para 3 meses de gimnasio, y le hemos contestado que no se preocupe, que se lo guardamos, y que los 3 meses empezaran a contar cuando ella lo diga. Pero está emperrada en que le devolvamos el dinero.
Dice que ella no ha firmado nada, pero no s´e hasta qué punto, el hecho de que no ha firmado nada le da derecho a la devolución, si por norma nunca se devuelve.
Mucha gente se apunta para 6 meses, y al 4º mes desaparecen, no pueden venir a por el importe de esos dos meses.

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La ley general de consumidores y usuarios determina que puede usted quedarse con el dinero, si bien -como correctamente ha apreciado- debe darle el servicio concertado a partir de un año desde que se realizó el pago. Un gimnasio es algo que tiene unas características muy claras, una apariencia que se corresponde con la realidad y que por tanto quien cursa el alta sabe perfectamente a qué se está obligando, puesto que no hay componentes ocultos que fundamenten una base para la solicitud de la devolución del dinero (como por ejemplo una pieza defectuosa en un coche). La ley no protege a quien quiere resolver un contrato o desistir de él unilateralmente y cuando le venga bien, pues hay que proteger a los dos contratantes (salvo en algunos casos que nada tienen que ver con la explotación de un gimnasio) por lo que nadie puede obligarle legalmente a devolver el dinero, aunque sí a prestar el servicio contratado. Por lo demás, firmar algo puede complementar una decisión y concretarla, pero no sustituirla: el hecho de pagar tres meses lo primero que revela es que quien pagó lo hizo para ir al gimnasio tres meses, siendo el propio pago y su aceptación lo que revela la voluntad de contratar y cerrar el trato.
De todas formas, su cliente parece algo beligerante con este asunto, y con toda seguridad le pondrá una reclamación en consumo. Pero no devuelva un céntimo.
Muchas gracias, Tritorno, por tu tiempo.
Me encanta tener razón :) . Además me das argumentos para defender mi postura.
Hay una detalle que no te he comentado, y es, que la clienta es ciega. No me había pasado nunca, pero le dimos una sesión de prueba para que comprobara que lo podía hacer. Yo no pude darle el contrato para firmar, porque como es lógico, no lo tengo en braille, y firmar un papel que no puede leer, es comprometido.
Ella firmó el recibo de la visa.
Pero yo creo que ahora le entró el pánico, y ahora dice que no puede venir por que le ha salido un trabajo. Le digo que todas las socias del gimnasio trabajan, estamos 12 horas, y siempre hay una monitora que le puede atender. Simplemente, no quiere, se ha arrepentido, pero es peleona, y me pidió el nº de teléfono de la central.
¿Me puede denunciar por que ella no había firmado un contrato?, ¿Me puede denunciar por algo relacionado con la protección de datos?
Muchas gracias por tu ayuda,
Sara
1º. La protección de datos es un instituto que regula la transferencia de los obtenidos a los clientes, y que puedan ser de carácter personal. Si la cliente no ha sido incorporada a un archivo online o los datos no han sido transferidos ni por su naturaleza lo vayan a ser, nada hay que decir sobre un quebranto de la ley. Nada de denuncias.
2º. Existe un falso mito de consumo, fijado por el Corte Inglés: "si no está satisfecho, le devolvemos el dinero". Con ello lo que se quiere decir es que el arrepentimiento sobrevenido del cliente le faculta para resolver la transacción. Pero ello no es así, salvo que la ley lo diga expresamente (por ejemplo, en los caso de timesharing, en que se tiene 30 días para resolver). En los demás casos, la adquisición de un producto o un servicio que no presente irregularidades no da el derecho a devolución. Su clienta no tiene el derecho a que le devuelvan el dinero.
3º. Un contrato puede ser de todas las formas posibles: escrito, verbal, público (por ejemplo, la publicidad) y por tanto se supone que quien ha pagado para la adquisición de un servicio ha firmado un contrato tan serio como si estuvise plasmado por escrito. De hecho, la muchos gimnasios (como el mío) se limitan a dar un recibo de pago de la mensualidad o a hacer un cargo en cuenta. Ello significa que el cliente acepta las condiciones.
4º. Esa chica dará problemas, pero no tiene la razón. Quizás al final se conforme con menos dinero.
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Usted esta obligada a firmar un contrato con los clientes, donde ademas de las condiciones del servicio o producto, se recojan las clausulas oportunas de protección de datos personales (LOPD).
Los consumidores disponen de un plazo no inferior a siete días (si no se dice nada es de 15 días), para renunciar al producto o servicio contratado. Por lo tanto, para no tener problemas, le recomiendo que le devuelva el dinero y se ajuste a la normativa para próximas ocasiones. Le recomendamos se ponga en manos de un abogado especializado, que la ayude con todo.
Si no lo hace, ella le podrá denunciar en Consumo y ademas podría presentar una denuncia en la Agencia Española de Protección de Datos por el tema de los datos personales.
Agradecemos valoración de la respuesta.
¿Denuncia en la agencia española de protección de datos?
Siempre damos el contrato para firmar, pero ésta chica es invidente, y no tenemos el contrato en braille. Podía estar firmando cualquier cosa.
Pagó el 6 de mayo, y ha llamado para decir que no, hoy día 18.
Nosotros solemos dar el contrato para firmar(con todos los datos y las clausulas de la protección de datos) el primer día de clase, para no tenerlas esperando hasta que metemos todos los datos en el ordenador . El día que se apuntan les retenemos demasiado tiempo explicándoles todo...
Pero no hubo primer día.
Pues la denuncia se la podrán poner, aunque sea por ser invidente o por no perder más tiempo... Si no informa de lo todo lo relacionado con el uso de sus datos personales, puede denunciarles... Si no lo tienen en braille, pues tendrá que solicitar a una persona de confianza del cliente que lo lea en voz alta, haciendo constar experesamente esto en el documento... o tendrá problemas...
Le volvemos a recomendar, que ya que no tiene contrato firmado y para evitar problemas, le realicen la devolución de los importes pagados... Pero es una decisión suya.
Agradecemos valoración de la respuesta.
Aunque hubiera preferido que me dijeras que tengo razón :), te agradezco por tu ayuda. Son cosas que normalmente no pasan. Tenemos algunas con enfermedades mentales, pero ciega, nunca.
Seguramente le ha entrado el pánico, no hay ninguna excusa válida para echarse para atrás, porque ella vino a probar el gimnasio, y comprobó que podía hacerlo.
Gracias,
Sara
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En este caso la clienta no tiene derecho a desistimiento, es decir, no tiene derecho a recuperar el dinero al haber decidido que ahora no quiere ir al gimnasio. Este derecho de desistimiento existe en las ventas a distancia. Los contratos de arrendamientos de servicios, como puede ser el que se presta en un gimnasio, como todos los contratos, pueden ser verbales, como es el caso, o escritos, y tienen la misma fuerza vinculante entre las partes contratantes. Al haber pagado la clienta esos 200 euros hay un indicio de que existe un contrato entre ella y tú, ella ha cumplido con su obligación al pagar por esos meses, ahora no tiene derecho a reclamar que le devuelvas el dinero por haber cambiado de opinión, tendría ese derecho si el gimnasio no le prestara los servicios por los que había pagado, pero eso no ocurre en este supuesto.
Muchísimas gracias por tu explicación, y sobretodo porque siempre es agradable que te den la razón. Ahora puedo defender mi postura con más fuerza.
Te elijo como favorito, pero prometo no darte mucho la lata
Gracias
Sara
Si necesitas algo, estoy como experta en nutrición

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