Acta de conciliación

Te quería preguntar sobre un grave problema que tengo.
Hace año y medio presté varias cantidades de dinero, unas para un negocio de alquileres (que luego me he enterado que era falso, las pruebas que me presento, incluso personas eran falsas para que picara) y para otros temas. Aunque tenía recibos firmados por esa persona por las cantidades que le entregué, recientemente he conseguido firmar un Acta de conciliación, donde me reconoce la totalidad de la deuda (Según tengo entendido lo que tengo firmado es como una sentencia firme), eso sí se comprometió a pagarme en 6 meses (cumpliría el 15/3/10) Esa persona es paraguaya, aunque tiene papeles, mi temor es que se vaya del país, pero en caso de que siguiera aquí y llegado el 15 de marzo tendría que solicitar la ejecución de ese acta de conciliación. Mis dudas son:
- ¿Cuánto puede tardar esa ejecución del acta de conciliación?
- ¿Si tuviera alguna propiedad o nómina se las embargarían? ¿En cuánto tiempo aproximadamente vería algo de ese dinero?
- Si no tiene nada a lo que embargar... ¿no podría hacer nada contra esa persona?
Si doy por perdido el dinero y sólo me queda hacerle daño por la "estafa" y que pague por ello (cárcel por ejemplo), tendría que demandarla y demostrar que fue algo premeditado, una estafa para robarme el dinero... No sé, es que estoy viendo muy complicado recuperar ese dinero, porque me dice que espere al 15 de marzo, que me lo pagará, aunque también me reconoce que el dinero lo perdió y que no lo tiene... Y 27.000 E no se consiguen así como así.

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El acta de conciliación como bien dices tiene el carácter de titulo ejecutivo, esto es te permite solicitar al juzgado su ejecución sin necesidad de acreditar que te debe ese dinero
Sobre plazos, primero se debe investigar que patrimonio y sueldos tiene, una vez averiguado el juzgado procedería a ordenar el embargo de bienes si los tuviera y su subasta judicial
Si solo tuviera nómina, se acordaría su embargo, si bien el salario mínimo interprofesional es inembargable y la cantidad que exceda de él solo en parte, por lo que para cobrar esa cantidad de dinero exclusivamente por salario sería bastante lento y complicado
Si no tiene nada, lamentablemente por vía civil no verías nada
Tienes como última instancia la vía penal para denunciar esa estafa, evidentemente si ha utilizado el engaño para que tu dispusieras de ese dinero se puede afirmar que ha habido esa estafa, ´deberás demostrar que tu entregastes el dinero para ese negocio que no existía, que la documentación que te entregó era falsa así como esas personas
Eso si una vez iniciado el proceso penal si el Fiscal ve indicios de delito acusará también

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