Puedo rescindir contrato?

Siempre la empresa donde trabajo había sido puntual en el pago de las nóminas, pero desde junio hasta hoy están pagando mal, lo hacen en dos partes mitad en efectivo sobre los días cinco de cada mes y la otra mitad entre los días 10 y 15 de cada mes, a veces hacen transferencia otras en efectivo, además me deben la paga extra de julio.
La paga de navidad de 2011 y una de beneficios en marzo de 2012 me la han pagado en abril porque me liquidaron al 50 porque desde el 20 de abril estoy en un erte a dos años con reducción del 50%, ante estos datos ¿puedo rescindir mi contrato y que me indemnicen a 45 días por año?

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Para solicitar la extinción de contrato de trabajo tienes que presentar ante el SMAC una papeleta de conciliación por reclamación de cantidad y otra papeleta de conciliación solicitando la extinción del contrato de trabajo por incumplimiento de las obligaciones por parte del empresario como es la obligación de pagar el salario en la fecha indicada en el contrato de trabajo y si en el acto de conciliación no hay avenencia o acuerdo entre las partes en litigio con el acta de conciliación que te entregan en el SMAC tienes que continuar con la demanda pero esta vez por la vía judicial, la demanda la puedes presentar tu mismo sin mediación de ningún sindicato u abogado particular pero mientras mantengas el litigio laboral con la empresa tienes que seguir acudiendo al trabajo para que no te pueden aplicar un despido disciplinario por falta de asistencia al trabajo, de todas formas si te acercas a la oficina del SMAC de tu ciudad, te darán toda la información que necesitas para interponer la demanda de todas formas aquí te dejo un par plantillas para que te hagas una idea de como tienes que presentar ambas demandas, NO se te olvide finalizar la pregunta gracias... Un saludo.

http://cartastipo.blogspot.com.es/2012/01/modelos-demandas-por-modificacion.html

Muchas gracias por tu información, pero no termino de aclarar mi duda, según los datos que te he aportado está justificado presentar la papeleta de extinción de contrato, o no hay fundamento para presentarse.

un saludo

Para aclarar tu duda, la reclamación por cantidad la puedes presentar desde el momento en el que la empresa te adeude cualquier cantidad de dinero y no te de una explicación del porque de la deuda y de cuando la va hacer efectiva, pero para solicitar la extinción del contrato de trabajo por falta de pago la empresa te tiene que adeudar al menos tres mensualidades, de todas formas si te acercas al SMAC te facilitaran toda la información que se necesitas para interponer una papeleta de conciliación para solicitar la extinción voluntaria del contrato de trabajo con una indemnización equivalente a la de un despido improcedente y el acceso a la prestación por desempleo..

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