Hurto en supermercado

Quería preguntarle, el otro día me pillaron en un supermercado, robando unas pinturas, las cuales, sumaban un total de 50 euros, y mi pregunta era, ¿te pueden obligar a pagar? Es decir, los de seguridad me dijeron que si no quería problemas que lo pagara y ya esta, porque sino llamaban al encargado y que el seguro que llamaba a la guardia civil, y me denunciaba, así, que para ahorrarme problemas que lo pagara, porque y si se da el caso que no llevas dinero, ¿o no tienes?, yo se que si no se supera una cantidad de dinero no es robo, ¿pero te pueden denunciar? ¿Y obligar a pagar el producto? ¿Y si te denuncian? Si no tienes ningún antecedente, y eres estudiante sin ingresos no tienes anda, casa, coche, que te puede pasar, de cuanto seria la multa... No se llega a algún lao esa denuncia.

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Cualquier sustracción de este tipo constituye un ilícito penal, una falta si es por importe inferior a 400 euros, o un delito si es superior a 400 euros; desde el momento en que una persona trata de abandonar el establecimiento sin abonar el importe de lo sustraído ha cometido ese ilícito penal, al menos en grado de tentativa, y el establecimiento está en su completo derecho a denunciarlo, requiriendo la presencia de la policía para la identificación de esa persona y elaborar el correspondiente atestado que se remite al Juzgado para su tramitación. En ocasiones algunos establecimientos permiten a las personas que han de sorprendido hurtando pagar los artículos a cambio de no llamar a la policía, y no denunciar, de esa manera ambas partes ganan: ellos venden el artículo y la persona en cuestión evita el mal trago de la denuncia policial y posterior juicio, y, además, la correspondiente pena que pueda imponérsele. Así que no es que le obliguen a pagar, es que le ofrecen una especie de acuerdo. Además, tenga en cuenta que si el artículo ha resultado dañado (el embalaje, o al retirarle una alarma..) en la condena que se le impusiera por tratar de sustraer el artículo, además de la multa, se le obligaría a pagarlo, ya que ya no se puede poner a la venta. La pena prevista para la falta de hurto es, bien multa, bien localización permanente, si no tiene bienes ni dinero para abonar la multa pueden imponerle la pena de localización permanente, que ha de cumplir puntualmente porque sino incurriría a su vez en un delito de quebrantamiento de condena. En cuanto a la multa, suelen imponerse multas que oscilan entre los 180 o los 120 euros, puede solicitarse el pago aplazado.

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