Tramites escritura de vivienda

En breve me van a entregar mi vivienda habitual y llega el momento de hacer todas las gestiones relacionadas con la escritura. Me gustaría poder ahorrarme los gastos de la gestoría que me lo tramitaría por lo que necesito que me indiques que pasos debo dar (y a donde me debo dirigir en cada caso) para completar la escritura de una vivienda.
Muchas gracias de antemano por su repuesta.
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3 respuestas

Respuesta
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Pagas la notaría, después cuando tengas las escrituras pagas el impuesto de transmisiones y cuando lo tengas vas al registro de ela propiedad e inscribes la compraventa.
Luego sólo te queda modificar el catastro.
Muchas gracias por la rapidez de tu respuesta.
Tengo una duda. ¿Cuándo hablas del impuesto de transmisiones es lo mismo que el impuesto de actos jurídicos documentados? ¿Esto se paga en Hacienda?
El de actos jurídicos documentados te lo suele pagar la notaría porque grava el acto en sí de otorgar escritura pública. Pero preguntalo en dicha notaría. Si no lo gestionasen ellos te tendrás tu que encargar también de hacerlo.
Una cosa más. ¿El impuesto de transmisiones también hay que pagarlo si se trata de una vivienda nueva que se ha gestionado a través de una cooperativa de la que soy cooperativista?
Muchísimas gracias por tu aclaraciones me van a ser de mucha utilidad.
Si, puesto que la cooperativa le transmite a usted, socio, la propiedad de la finca.
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Normalmente se firman en notaría y ellos se encargan de llevarla al registro de la propiedad y devolvértela sellada( Ademas en la notaría te avisarán de cualquier cosa rara que detecten). Los gastos de notaría no los vas a evitar por lo que es tontería que quieras hacer un trabajo que ellos te van a cobrar.
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Una vez que hayas firmado en el Notario y con el original de la escritura, ve al Registro de la Propiedad que te corresponda e inscríbela. Cuando te avisen, pasa por el Registro a recogerla.
Si haces hipoteca, posiblemente el banco no te deje hacer el trámite a ti porque querrán tener la seguridad de que la hipoteca se ha inscrito.
Hola!
Tengo entendido que también hay que pagar el impuesto de actos jurídicos documentados en Hacienda, ¿sabes si hay que hacer antes o después de firmar la escritura? ¿Y antes o después de llevarla al registro? ¿En el catrasto habría que hacer algo?
Gracias
Generalmente el pago de los actos jurídicos se hace después de la escritura, porque si alguien se echa atrás antes de la firma sería un problema serio haberlo pagado antes.
Antes de llevarla al registro.
Para que te pasen la contribución a ti, m tienes que pasar por el catastro

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