Reclamar al arquitecto

Saludos delbruck
Después de consultar con un arquitecto para que este se informara si el ayuntamiento concedía licencia para una reforma y ampliación en una zona determinada y después de informarse que en ese momento el ayuntamiento no concedía licencias pero que todo apuntaba a que próximamente, uno o dos meses, si las concedería y que por lo tanto no habría ningún problema en reformar y ampliar, decidí ante la información facilitada por el arquitecto, encargarle el proyecto. Rápidamente el arquitecto realizo los planos y los llevo a visar a su colegio.
Ha pasado un año y ocho meses y en esa zona el ayuntamiento no concede licencia de construcción y no tiene intención de darla.
Yo ahora le quiero reclamar al arquitecto la devolución del dinero entregado hasta ahora, ¿5300? ¿De los 6200? Que asciende la totalidad del proyecto. ¿Hace aproximadamente seis meses y cuando iba a pagar los 900? Que faltaban, el arquitecto me dijo que no hacia falta que se los pagara.
Me gustaría que me diera su opinión sobre si tengo derecho a reclamar y si tengo alguna posibilidad judicialmente de que se me restituya el dinero entregado.
Esperando sus noticias me despido dándole las gracias anticipadamente
                Joan

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Según mi opinión tiene dos posibles argumentos para reclamar al arquitecto:
PRIMER (posible) ARGUMENTO:
Está claro que estamos ante un contrato en el que tanto usted como el arquitecto han prestado su consentimiento, sin embargo, se podría alegar aquí nulidad de su consentimiento(art. 1265 cc) por dos posibels razones: la primera sería el error, ya que usted contrató tomando en consideración unas circunstancias(la concesión de licencia) que no son la reales y que han dado motivo a la celebración del contrato(art. 1266 cc). La segunda sería el dolo por parte del arqutecto, en el caso de que se pudiera demostrar que le ha hecho creer a usted que se van a otrorgar licencias sabiendo que no era así para que se celebre el contrato, aquí hay un problema fundamental que es el de cómo probar esto, sería importante ver cómo está redactado el contrato u otros documentos en los que el arquitecto le diese en su día la información del tema de las licencias.
Esta primera vía tiene la ventaja de que conseguiría el reembolso íntegro de lo que hubiera pagado, pero el garn problema de que hay que probar bien el error bien el dolo, a mi me gusta más le segunda opción que seguidamente paso a comentarle aunque tampoco está exenta de problemas.
SENGUNDO (posible) ARGUMENTO:
En éste partiríamos del hecho de que el contrato está bien celebrado, pero que no se ha cumplido. Por lo tanto usted podría solicitar la resolución del mismo(art. 1124 cc)
, a lo que el aruitecto seguramente respodería que si no ha cumplido no ha sido por su culpa, sino porque no se han obtenido las oportunas licencias y que por lo tanto quedaría liberado de su obligación por ser, el cumplimiento de ésta legalmente imposible(art. 1184 cc), y aquí es donde entra una cuestión un tanto discutida en la doctrina y jurisprudencia que es, que el si en el caso de que una de las partes quede liberada de su obligación por una imposibilidad no imputable a él, la otra parte quedará también liberada de sus obligaciones o no, la mayor parte piensa que sí, y yo también, por lo que usted habría quedado liberado de sus obligaciones asumidas en el contrato(pago de la contraprestación) y por lo tanto tendría derecho a reclamar lo pagado incluso mediante una acción de enriquecimiento sin causa(quizá habría que descontar de esa devolución los gastos efectivamente hechos por el arquitecto).
Espero que mi opinión le sirva y que la explicación no haya quedado demasiado farragosa. Antes de despedirme quisiera pedirle que dé a esta opinión el justo valor que tiene, ya que soy sólo un opositor a notarías que, de momento, se limita a estudiar las leyes por lo que mis conocimientos prácticos resultan un tanto limitados.

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