Problemas con un terreno.

Buenos días pableli. Tengo dos consultas:
En el año 1965 mi padre compra una tierra lindera a la casa, con intención de dotarla de salida. Lo hizo mediante un contrato de Compra Venta privada, pagando los impuestos correspondientes. Hace año y medio, mi padre murió y yo me entere de diversas irregularidades que había hecho el catastro sobre dicho terreno, que ahora tenia la calificación de urbano. Realizada la escritura de partición de herencia con mi madre, sin incluir dicha propiedad al no estar clara la propiedad de la misma en el catastro(en la actualidad todo resuelto). La intención de mi madre y mía es elevar a Escritura Publica para evitar problemas en el futuro.
1.-El Notorio nos pide, que al no haber escritura anterior de la propiedad (en realidad sí que la hay, pero mi padre compro la mitad del terreno, de la que figura en la escritura. Los propietarios anteriores han muerto.), los herederos nos deben de validar el documento de compraventa.
¿El acto debe ser presencial ante Notario o vale un documento certificando la conformidad?(A los herederos esta batalla ni les va ni les viene después de 40 años).
2.-En el terreno se construyo unas cuadras para ganado y se doto de esta manera a la casa de salida.
En uno de los lados del terreno existen dos construcciones más, que se construyeron en la época anterior para alojamiento de ganado.
En la parte más alejada existe una construcción (alojamiento de animales y la tierra se dedicaba al cultivo), cuyo muro linda y delimita la propiedad. Dicho muro sé esta cayendo y el propietario me ha dicho que el coste de la reparación tiene que ser de los dos, pues es medianería.
Yo entiendo que dicha medianería no existe al no tener yo una construcción que se pose sobre dicho muro y solo representa una delimitación física de la propiedad.El terreno no esta cercado (estoy cercándolo ahora) en el perímetro, salvo dichos muros.
¿Existe medianería?.
Un saludo:
Alfonso del Río

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Respecto a la primera consulta, decirte que es un poco complicado y no entiendo muy claramente lo que ocurre con la validación pero lo normal es que la validación sea presencial. Respecto a la segunda si el muro esta justo en medio de los dos terrenos si es medianera y tu eres propietario de la mitad del muro.
Buenos días pableli.
Aclaración:
Debo entender, que si el muro es divisorio de las dos propiedades se convierte en medianería automáticamente, a pesar de:
a.- No cargo sobre el muro
b.- En algunas partes del muro no podría cargar por ser este muy estrecho y estar a diferente altura.
c.-El terreno cuando su calificación era rústica y se dedicaba a la labranza y el vecino decidió
Construirse de manera privativa la nave, constituyo de manera encubierta una medianería.
Conclusión:
Los puntos enunciados no son trascendentes y al ser el muro divisorio de propiedad es medianería por ley.
.-¿Seria esta conclusión correcta?.
Un saludo:
Alfonso del Río
Lo de no cargar sobre el muro es indiferente, lo que importa es que divida el terreno y que la mitad del muro este en tu terreno, lo único que hace dudar si es medianera es si se hizo sin permiso y pudierais reclamar por ahí, pero no lo creo ya que supongo que tiene muchos años, y en ese caso da igual si lo hizo sin autorización. De eso se puede informar en el ayuntamiento de su municipio, en urbanismo.

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