Si cojo la baja por riesgo de embarazo por la mutua de la empresa, ¿Me lo quitan después del paro?

Estoy de 6 meses y una semana, estoy trabajando aún, pero mi contrato me cumple el 15 de noviembre y yo tengo fpp entre el 6 y el 12 de diciembre; mi pregunta es: si cojo la baja por la mutua de la empresa, ¿después me quitan ese tiempo del paro? ¿O por ser baja por riesgo de embarazo no me quitan nada? Y si el 15 no me renuevan (¿Qué ya me lo han dicho) pasaría a solicitar el paro hasta qué tuviera a mi hijo? Y después solicito la baja por maternidad.

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Si solicitas baja por riesgo durante el embarazo, el día 15 de noviembre (con la conclusión de tu contrato) finalizaría la prestación por dicha contingencia, si es por riesgo por tu puesto de trabajo

Tendrías 15 para solicitar el paro y lo cobrarías hasta que comienza tu baja por maternidad en la que se cortaría el paro y pasarías a cobrar la prestación por maternidad.

Concluida la baja por maternidad se reanudará tu paro.

Si en cambio la baja por riesgo no es por tu trabajo sino por el riesgo en si de tu embarazo, entonces lo que vas a pedir es una baja por incapacidad temporal de enfermedad común y en ese caso concluido tu contrato el día 15 seguirías cobrando la prestación por incapacidad aunque con cuantía y consumiéndose como paro.

Cuando comiences tu maternidad se suspenderá el paro, cobrarás la prestación por maternidad y concluida reanudarás tu paro.

Te pongo los dos casos porque no se si tu riesgo de embarazo es por tu puesto o por el propio embarazo en si. Elige el que sea.

Un saludo. No olvides cerrar tu pregunta y puntuar. El no cerrar pregunta penaliza a los expertos.

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