Fin de Obra o Servicio. Maternidad o riesgo en embarazo

El caso es el
Siguiente: mi mujer está embarazada y desde hace 15 días cobra la
prestación de riesgos durante el embarazo. Resulta que su contrato es de
obra y servicio y finalizará el 29 de Febrero. La fecha prevista para
el parto es el 8 de abril y de ahí me nacen tres preguntas:
- ¿Es
más conveniente continuar con la prestación por riesgos en embarazo
hasta el final del contrato o solicitar la baja de maternidad anterior a
este final de contrato?
- ¿Qué ventajas e inconvenientes pudiera presentar cada una de las dos opciones?
- ¿En cualquiera de los dos casos le correspondería cobrar las 16 semanas de maternidad al 100%?

1 Respuesta

Respuesta

En principio debe seguir con la baja por riesgo hasta finalizar el contrato, de esa forma no gasta días de la de maternidad.

El 100% la corresponde igualmente, pero mientras cobra la de IT no gasta de maternidad.

Como comenté en la pregunta, el 29 finalizaba con lo que tuvimos que deciddir antes y tras preguntar por muchas fuentes, un amigo de un amigo ( abogado pero no laboralista ) me dijo que la prestación de riesgos deja de pagarla la mutua tal como terminas la baja con lo que la mejor opción es pedir maternidad antes de finalizar contrato. Ahora, al leer tu respuesta me nace nuevamente la duda.

Podrías confirmarme si la prestación de riesgo seguiría cobrándola aunque finalice contrato?.

Gracias y un saludo.

Es lo mismo que te contesté, acaba cuando finalizas contrato.

Está respondida

He preguntado a varios expertos hasta ahora y las respuestas han sido rápidas y satisfactorias siendo valoradas con excelente o muy bien por mi parte. En esta debo valorar con regular solo. Gracias igualmente.

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