Realización de exámenes prenatales remunerados.

Trabajo en Murcia y estoy empadronada en Valencia y mi médico allí asignado.

Tengo seguro privado y lo utilizo por comodidad, sobre todo, para no dar muchas explicaciones en el trabajo ya que suelo ir fuera de horario, entre otros motivos.

Estoy embarazada y quiero dar a luz en Valencia, por lo que voy al ginecólogo privado un lunes al mes y sólo puede ser por la tarde. La empresa dice que debo cogerme un día de vacaciones cada vez que vaya para que sea remunerado. También tenemos opción de cogernos medio día de vacaciones, y yo he sugerido cogerme esos lunes por la mañana de medio día de vacaciones y la tarde para el médico, lo cual no ha gustado en absoluto.

No sé si tuviera cita en la seguridad social en Valencia, donde pertenezco, sería diferente.

¿Me puede aclarar si es remunerado el ir al médico donde perteneces aunque ello implique 2´30 horas de ida y 2´30 horas de vuelta? ¿Si cambia al ser privado o seguridad social?

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En primer lugar, el artículo 37.3 f) del Estatuto de los Trabajadores establece:
“El trabajador, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por (…) el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto que deban realizarse dentro de la jornada de trabajo.”

Por otro lado, el art. 26. 5 de la Ley 31/1995, relativo a la protección de la maternidad, dispone lo siguiente:
“Las trabajadoras embarazadas tendrán derecho a ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto, previo aviso al empresario y justificación de la necesidad de su realización dentro de la jornada de trabajo.”

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En conclusión, no tienes porque cogerte días de vacaciones ya que esos días de ausencia en el puesto son permisos RETRIBUIDOS. Ten en cuenta que debes preavisar a la empresa, y justificarlo.

Supongo que no se ha diferenciar entre seguridad social y médico privado. Esto ya lo había leído en el E.T. y no entiendo porque el departamento de R.R.H.H. de mi empresa que también lo habrá leído de sobra no lo quiere aplicar.

Gracias por la rápida y clara respuesta.

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