Periodo vacacional

Mi pregunta es referida al periodo vacacional, llevo trabajando desde el 17-11-2003 en la misma empresa y en agosto me cogí desde el 16 hasta el 30 ambos inclusive de vacaciones. ¿Cuánto tiempo me queda de vacaciones? ¿Cuándo me lo puedo coger? Y si ¿me lo puedo coger en días alternos o todo juntos? Y si no disfruto de los días que me quedan, ¿tiene obligación de pagarme esos días?.
Respuesta
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El el año 2003 te corresponderían 3.66 días de vacaciones, que si no has disfrutado ni te las han pagado los has perdido.
Y respecto al 2004 si vas a trabajar todo el año tendrás derecho a 30 días. El Estatuto de los Trabajadores señala en su Artículo 38 sobre las Vacaciones anuales.
1. El período de vacaciones anuales retribuidas, no sustituible por compensación económica, será el pactado en convenio colectivo o contrato individual. En ningún caso la duración será inferior a treinta días naturales.
2. El período o períodos de su disfrute se fijará de común acuerdo entre el empresario y el trabajador, de conformidad con lo establecido en su caso en los convenios colectivos sobre planificación anual de las vacaciones. En caso de desacuerdo entre las partes, la jurisdicción competente fijará la fecha que para el disfrute corresponda y su decisión será irrecurrible. El procedimiento será sumario y preferente.
3. El calendario de vacaciones se fijará en cada empresa. El trabajador conocerá las fechas que le correspondan dos meses antes, al menos, del comienzo del disfrute.
De todos modos si por razones justificadas no puedes disfrutar todos los días de vacaciones la empresa tiene obligación de pagártelas.
Cualquier duda más estoy a tu disposición.

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