Baja maternidad con reducción de jornada

En meses venideros, pasare a estar de baja por maternidad. En mi embarazo anterior, en el momento que pase a estar baja, y hasta dar a luz, la mutualidad fue la encargada de abonar las correspondientes prestaciones.
En estos momentos tengo reducción de jornada, mi duda es, cobrare en función de mi nomina actual, o de la cotización de la Seguridad Social, que al no haber pasado dos años desde que me reincorporé a mi puesto de trabajo después del embarazo, sería del 100%.

2 respuestas

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De acuerdo con el art. 180 de la LGSS durante los 2 primeros años de reducción de jornada por cuidado de hijo las BC se ponen al 100% si se te reconoce prestación por maternidad durante esos 2 primeros años.

Si cobrarás tu nómina al 100% durante la maternidad.

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Lo primero, agradecer la rapidez de la contestación.

Mas o menos es lo que me contestaron en la Seguridad Social, mi duda es, que desde el momento en el pasare a estar en situación de baja, hasta el momento del parto, es la mutualidad la que se hace cargo de las retribuciones, estos deben de basarse en la cotización a la S.S. o en las últimas nóminas percibidas?

Gracias

Para pagarte la prestación la mutua se basa en la BC del mes anterior a la baja y con cotización al 100%. Pero no te marees con el tema de si son las bases o la nómina.

Cobrarás durante la baja por maternidad como si trabajaras la jornada completa y no como cobras ahora con la reducción de jornada.

Te pagarán la prestación con la cuantía de la nómina que tenías cuando no estabas a reducción de jornada.

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Si en su anterior embarazo Usted me está indicando que le abonaron el 100% en este segundo embarazo entiendo que por lógica y constancia normativa, se le tendrá que abonar el 100%

Un saludo,

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