Resolución ejecución sentencia despido improcedente

Hace un año demandé a mi antiguo jefe porque me despidió por causas objetivas y me dejó pendiente de pago la indemnización y una serie de salarios (aunque esto es otra historia). Le demandé y en la conciliación no hubo acuerdo así que fuimos a juicio, el día del juicio antes de entrar llegamos a un acuerdo por el cual él me reconocía la improcedencia y admitía la cantidad reclamada. Mi abogado solicitó la ejecución de la sentencia y ahora me ha llegado la resolución de la ejecución en la cual se indica que se proceda al embargo de las cuentas de mi jefe por el importe que me debe más los intereses más las costas. ¿Eso quiere decir que tiene dinero para pagar y no voy a tener que recurrir a FOGASA? ¿Cuál es el siguiente paso? Ha pasado ya un año desde el despido y dentro de unos tres de meses hará un año del juicio, ¿estoy dentro de plazo?, ¿Está mi abogado de momento actuando bien?

1 Respuesta

Respuesta
1

Durante la ejecución se intentará el pago por parte del empresario, si una vez finalizada esta no hubiese bienes del empleador para cubrir la deuda se dictaría su Insolvencia con la cual ya podría solicitar el pago por parte del FOGASA.

Pero hay algo que no entiendo ¿entonces la resolución no deja zanjado el tema? osea que se resuelve su embargo para pagarme sin saber si hay dinero? no entiendo muy bien el proceso.

Si le embargan las cuentas y hay dinero para pagarle usted cobrara, eso sería en el trámite que esta ahora la situación podríamos decir en una situación de "quitarle el dinero" la orden de ejecución es lo que autoriza.

Si se diese el caso de que en las cuentas no hay dinero, el siguiente paso sería dictar la insolvencia por parte del juzgado y con ese título podría solicitar el pago al FOGASA, pero si el dinero en las cuentas llega no acudiría para nada al FOGASA

Por todo lo que ha expuesto su abogado a actuado correctamente.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas