Creo que no tengo la categoría profesional ni estoy en el convenio de debería ¿Qué debo hacer?

Hace ya 11años que trabajo en un concesionario oficial de una marca de tractores en la región de Murcia. La sección en la que trabajó es en repuesto. Pero y también hago de almacenero, mantenimiento en mi sección, atención comercial y venta de repuesto, cajero, recepción de mercancías, reposición y pedidos de repuesto, atención y asesoramiento al cliente, fabricación de latiguillos hidráulicos, envío y preparación de mercancía. Todo esto estando contratado en el sector del comercio y categoría profesional,. Dependiente de Primera. ¿Sería esta la categoría que debo tener y debería de estar en el sector del metal en vez de en el comercio? ¿O en que convenio debería de estar contratado?

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Lo mas probable es que tu contrato de trabajo tenga la consideración de un contrato en fraude de ley y ara que salgas de la duda deberías de acudir con la copia del o de los contratos de trabajo que tengas de esa empresa, a la inspección de trabajo y seguridad social, y en la misma inspección ademas de sacarte de la duda, en el supuesto de que se trate de un contrato en fraude de ley, también se pasaran por la empresa un día acordado entre tu y la inspección de trabajo para verificar in situ el incumplimiento por arte de la empresa de las condiciones de trabajo establecidas en el contrato de trabajo, lo que se pondrá en conocimiento de la empresa e instaran a que regularice tu situación respetando escrupulosamente las condiciones establecidas en el contrato de trabajo, ademas de iniciar un expediente sancionador cuya cuantía iría en función de la gravedad de la infección, lo que tendría que determinar la inspección de trabajo, y si después de la intervención de la inspección de trabajo, la empresa sigue con la misma actitud anterior, entonces con la copia de el acta de los inspectores te presentas en el juzgado de lo social de tu comunidad para solicitar la ejecución del acta de la inspección de trabajo y si la empresa se niega a ejecutarle te tienen que indemnizar con la cuantía correspondiente a la del despido improcedente ademas del acceso a la prestación por desempleo siempre que tengas el periodo de cotización (360 días),, De todas formas antes de tomar cualquier decisión lo mas aconsejable es informarse en un sindicato o en la misma inspección de trabajo para que puedas proceder sin dar palos de ciego aunque lo mas probable es que las funciones que realizas no se corresponden con las que te correspondería realizar, pero eso ya te lo aseguraran en la inspección de trabajo ademas de indicarte como tienes que proceder para demandar a la empresa.. Espero que la respuesta te sirva de ayuda, lo único que te pido, es que no dejes de valorar la respuesta como consideres oportuno, pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta muchas gracias y un saludo..

http://tenemosderechoatrabajar.blogspot.com.es/2012/01/los-contratos-temporales-en-fraude-de.html

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