Cambio de turno fijo a la tarde

Trabajo en tintorería y me han insinuada que a lo mejor tengo que trabajar por las tardes porque hay compañeras que han solicitado la reducción de jornada por custodia de un menor y claro ellas siempre solicitan el turno de mañana, algo que a mi personalmente me perjudica muchísimo ¿pueden obligarme a trabajar solo en este turno? Actualmente mi horario es una semana de mañana y otra de tarde. ¿También me gustaría que me explicaras? ¿Qué es el derecho adquirido y donde puedo conseguir el convenio de tintoretias en madrid?

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El cambio de turno implica una modificación sustancial, la empresa está obligada a comunicártelo por escrito con 30 días de antelación y tienes un plazo de 20 días para reclamar judicialmente y extinguir la relación laboral con una indemnización de 20 días por año trabajado.
Un derecho adquirido es aquel que tienes por repetirse a lo largo del tiempo, tienes derecho a mantener el horario de trabajo actual, aunque esto no implica que la empresa te lo quiera modificar, en este caso tendrías derecho a lo comentado en el párrafo anterior.
El convenio colectivo de tintorerías de Madrid puedes descargártelo de la web del BOCM de fecha 20 de nov. De 2008.

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