Derechos del trabajador contratado a media jornada

Tengo una amiga que esta desesperada, lleva un año y medio trabajando en una pequeña tienda de víveres, en la cual, están las dos propietarias y ella. Esta contratada a media jornada, al principio bien, trabajaba cuatro horas al día, pero ahora la obligan a trabajar la jornada completa, pero no cobrando como tal, sino una parte proporcional, y encima ahora también están abriendo los domingos. Ella les suplica que para efectos de cotización, le hagan un contrato a jornada completa, a lo cual se niegan, dicen que si quiere conservar el empleo se aguante así, que si no la despiden, y que estando a media jornada no tendrá ni derecho a paro, ¿es eso cierto?, de momento va aguantando porque tiene que pagar hipoteca, ¿pero quisiera saber que derechos tiene en caso de que la despidan?, ¿Si se puede negar a trabajar más de lo que su contrato especifica?, ¿Qué pasos debería seguir dentro de la legalidad para mejorar su situación?, no quiere denunciarlas, porque esta de los nervios, y eso seria enfermarse.

1 Respuesta

Respuesta
2
(xxxxxx) tu compañera si tiene un contrato de media jornada no tiene obligación de trabajar la jornada completa y además tiene prohibido hacer horas extras, por lo que no tiene obligación de trabajar más allá de la jornada contratada y todo despido por este motivo sería improcedente. Si tiene pruebas de que esta realizando la jornada completa puede exigir judicialmente que su contrato se modifique a un contrato a jornada completa y el pago de las horas correspondientes. También puede a efectos de conseguir la prueba necesaria para el juicio denunciar a la empresa ante la inspección de trabajo de forma que esta abra a la empresa un acta de infracción de normas del ordenamiento laboral y otra de liquidación por las horas no cotizadas a la Seguridad Social. En caso de que la despidieran por supuesto que le correspondería prestación por desempleo.
Te envío la dirección de mi blog donde podrás encontrar más información sobre temas relacionados con el derecho laboral por si fueran de tu interés:

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas