Incapacidad permanente

Buenos días;
Mi pregunta es si en mi caso, que me declaran invalidez permanente total, tengo derecho a alguna indemnización por fin de contrato y a la parte proporcional de las pagas extras y las vacaciones no disfrutadas, o lo pierdo.
muchas gracias;

1 Respuesta

Respuesta
1
Necesito saber varias cosas... cuantos años tienes y de que viene derivada la incapacidad
En principio, solo tienes derecho a la parte proporcional de lo que te deban... pagas extra, vacaciones y nominas, ya que en ete caso es como si fuese un fin contrato voluntario...
Mi pregunta era para saber el porcentaje de tu base de cotización que te pertenece de forma vitalicia ya que la prestación consiste en una pensión, cuya cuantía es igual al 55% de la Base reguladora, que se puede incrementar en un 20% más para los mayores de 55 años y menores de 60, cuando por su falta de preparación y por las circunstancias sociales y laborales del lugar de residencia se presuma la dificultad de obtener empleo en actividad distinta de la habitual, la cual se dominaría Incapacidad Permanente Total cualificada. En otras palabras, siempre y cuando se pueda acreditar su dificultad en su inserción laboral.
Tengo 62 años, pienso que me pertenece la total cualificada.
gracias;
A mi entender seria correcto.
Si tienes alguna otra consulta hazla, sino.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas