Empresa no cumple lo acordado en acto de conciliac

Denuncié la empresa ante el semac por modificación sustancial sin aviso previo por escrito: me cambiaron de departamento, me cambiaron turnos y horarios de trabajo.(De 8 h diarias a 12h;de turnos mañana+tarde a tarde+noche)La empresa acudió al acto de conciliación. Se acordó que me vuelven a poner mi horario anterior lo antes posible, en un plazo de aprox. 7-10 días. En continuación la empresa me cambió enseguida el horario al "normal" y a los tres días me dieron el planing del mes donde estoy otra vez puesta para hacer continuamente noches. Mi abogado dice que ahora vamos a denunciarlo ante el juzgado. Pero esto hasta Septiembre no es posible por vacaciones. ¿Puedo salir de esta relación laboral con derecho a prestación de desempleo?

1 Respuesta

Respuesta
1
Si el nuevo horario te perjudica tienes derecho a rescindir tu contrato cobrando paro y, aparte del finiquito, una indemnización de 20 días brutos por año con un tope de 9 mensualidades brutas.
Gracias.-¿Cómo sería el procedimiento? ¿Necesito entregar la denuncia que presenté primero ante el SEMAC ahora al juzgado? ¿O rescindir directamente? ¿Quién decide que los cambios me perjudican? Al fin y al cabo la empresa infringío la ley desde el principio, introduciendo cambios sin avisar previamente por escrito. Mientras espero actos y juicios mi salud empeora por los nocturnos y el sueldo se me va con abogados.En esta empresa ya sólo me esperan problemas.Por esa razón quiero salir lo antes posible.Mi otra duda es: Cómo es posible que al trabajador le pueden sancionar por no cumplir una orden ilegal de la empresa(hacer turnos de noche) y mientras la empresa puede seguir aplicando sus propias leyes (la del más fuerte), ¿sin ser sancionada jamás? Gracias por tu atención.
Se rescinde directamente ante la empresa. Es extrajudicial. Sólo hay que acudir a juicio si la empresa se niega a aplicar la rescisión. En ese juicio sólo se decidiría (el juez lo hará) si el nuevo horario te perjudica o no, según lo que tú alegues. Con los antedentes que tienes, de haberte opuesto por vía pacífica y haber ganado y que los cambios son a horario nocturno, no creo que tengas problemas. No es una continuación del proceso anterior, sino un proceso nuevo. Puedes pedir abogado de oficio gratis (lee la web Laboro).
El Estatuto de los Trabajadores está como está. Para otra vez, es cierto que tienes que cumplir las órdenes de la empresa con muy pocas excepciones, porque si no puede ser causa de despido, pero también es cierto que para que el juez declare procedente ese despido, será la empresa la que tenga que demostrar que te dio la orden, cosa imposible si lo niegas y no te la dieron por escrito.
No olvides finalizar.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas