Cesión ilegal

Mientras trabajaba en la empresa en la que estaba cedida vino una inspección de trabajo y levanto acta diciendo que era una cesión ilegal de trabajadores. A los dos meses me trasladaron a la empresa que me cedía.
Como he leído en otras de tus respuestas dices que la denuncia por cesión debe de ponerse mientras subsista dicha acción. Mi pregunta es: ¿Sirve la denuncia a la inspección como denuncia oficial?
Si me pudieses decir donde encontrar alguna sentencia en la que se especifiquen dichas características os lo agradecería.

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A lo que me refería en dicha consulta es a que el derecho de opción entre la empresa cedente y cedida sólo se puede producir mientras subsiste la cesión ilegal tal criterio se contiene en las sentencias del T. Supremo de 17/01/1991 , Sentencia de 11 de Septiembre de 1986, Sentencias 22 de Septiembre y 21 de Diciembre de 1977. Dicho derecho de opción solo se puede ejercitar judicialmente y por tanto es la demanda judicial la que se tiene que ejercitar mientras subsiste la cesión ilegal.
No lo entiendo.
Vamos a ver, mientras enstaba allí denuncié por la inspección, una vez fuera a los 15 días denuncié por el juzgado. Y... ¿Dices qué no me sirve de nada la denuncia que puse a la inspección porque la que puse al juzgado era fuera de la empresa en la que estaba cedida?
Lo siento, no lo entiendo, si me lo puedes aclarar te lo agradecería.
Muchas gracias
La denuncia que pusiste a la inspección sirve para que se sancione al empresario por la cesión ilegal pero tu derecho de opción por una de las dos empresas solo lo puedes hacer valer ante un juzgado, mientras que dura la situación de cesión ilegal, esto es lo que se deduce del artículo 43 del Estatuto de los Trabajadores y de la jurisprudencia del Tribunal Supremo que te he dicho más arriba.
De cualquier forma lo anterior no quiere decir que no hayas podido optar antes de la demanda por trabajar en la empresa cedida, podrías haber optado cuando pusiste la denuncia a inspección si en la misma pedías que se te reconociese tu condición de trabajador de la empresa cedida y que la inspección así lo reconociera. O haberlo solicitado por escrito a la empresa. En ese caso la opción se habría ejercitado con anterioridad al fin de la situación de cesión ilegal y ahora intentarías hacer valer ese derecho a la opción ante los tribunales.
Voy a ver si puedo explicarte el caso mejor.
Resulta que después de 9 años en la empresa en la que estoy cedido me enteré de que estaba en una cesión ilegal por lo que fui a informarme sobre esto y me dijeron que debía denunciar a la IT. Así lo hice, la inspectora levanto acta de infracción diciendo que era una cesión ilegal y que debía elegir en que empresa quedarme pero que la última palabra la tenia un juez. A los pocos días me trasladaron a la empresa que me contrata y entonces denuncié el despido (a los 15 días). Ahora estoy a la espera del juicio por cesión ilegal, pero lo que yo quiero saber es que si la denuncia debe subsistir en el momento de la CI yo si que denuncie, no por lo judicial si no por la inspección (hasta que estuve fuera como te he comentado que entonces ya denuncié el despido también). Entonces, ¿si qué es válida la denuncia a la inspección ya que es una denuncia en toda regla?
Creo que te estoy haciendo trabajar mucho, lo siento pero espero habértelo explicado bien, hay veces que me lio diciendo las cosas por escrito.
Muchísimas gracias.
El problema es el hecho de la opción y la pregunta sería cuando la inspección te dijo que podías optar por alguna de las dos empresas ¿lo hiciste? Es decir comunicaste a la empresa cedida que querías permanecer en ella y tienes pruebas de ello. Si es así en mi opinión habrías ejercido tu derecho a opción antes de que finalizase la situación de cesión ilegal en otro caso entiendo que no lo habrías ejercido y por tanto ya no podrías ejercerlo.
Espero haber aclarado definitivamente cual es mi opinión al respecto.
El tema es que yo en la denuncia a la inspección puese que estaba cedida y que el trabajo que quería hacer es el que estaba haciendo hasta ahora.
Lo que yo te pregunto es si sirve la denuncia de la IT (estando dentro) ya que subsistía la acción o solamente sirve una denuncia (independientemente de la denuncia por despido) judicial.
Es decir, ¿a parte de la denuncia a la IT había que poner otra por lo mismo (igual que la de la IT) mientras estaba dentro o con la de la IT es suficiente?
Gracias y ya no te molesto más.
Saludos.
Es necesario la denuncia judicial, si la empresa cedida se niega a subrogarse en tu contrato, y no es suficiente con la de la Inspección tal como además te hace constar el inspector en su acta de infracción.

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