Lleva desde marzo sin cobrar

Buenos días,
Mi padre esta desde marzo de este año sin cobrar. ¿Al principio le decían que la empresa tenia algunos apuros económicos y que les irían pagando poco a poco hoy 200? ¿Mañana otros 200?. Más tarde para contentarlos un poco a los trabajadores les dijeron que iban abrir una nueva empresa y así comenzar de cero y poder de esa manera pagarles. Ahora les dicen que no les dejan abrir una nueva empresa que como son fijos la única opción que les da es que sigan trabajando o que pidan la baja voluntaria pero claro con la consecuencia que no podrán cobrar del paro. Le han dicho que es posible que abran otra pero ya no sabes que creer.
Mi pregunta es la siguiente, ¿qué debe de hacer mi padre después de lo que le han dicho? Es una persona ya mayor de casi 56 años y claro ve que no hay mucha salida si se va de trabajo y más ahora con el tema de la crisis. Gracias de antemano por la ayuda. Un saludo

1 respuesta

Respuesta
1
Pues aparte de seguir trabajando o de pedir la baja, al jefe se le ha olvidado decir que tiene la posibilidad de demandarle. El jefe quiere abrir otra empresa simplemente porque no quiere pagar las deudas que tiene con esta, quiere que los trabajadores se vayan por aburrimiento y sin duda intentará forzar que la empresa vaya mal al menos teóricamente (empezará a cobrar sin factura todo lo que pueda, por ejemplo) para intentar un ERE total y que a los empleados les pague el FOGASA. Por tanto tu padre tiene que demandar cuanto antes.
En cualquier momento puedes cobrarles lo que te deben mediante un proceso de reclamación de cantidad, que se inicia en el UMAC mediante un acto de conciliación. Puedes reclamarles cualquier deuda de los 12 meses anteriores a la fecha en que lo inicies. Para este proceso no necesitas abogado, pero puedes conseguir uno de oficio gratis en el colegio de abogados o bien acudir a un sindicato. Puestos a reclamar que te revise bien las últimas 12 nóminas alguien que no sea de la empresa ni de la asesoría que se las hace, porque es muy probable que hayas estado cobrando menos de lo que dicen las tablas salariales actualizadas del convenio aplicable. En ese caso le puedes cobrar toda la deuda en el mismo proceso. Además, en la demanda puedes meterles intereses por mora. Por tanto si la empresa te debe dinero míralo como si lo estuvieras metiendo en el banco con intereses. Pero tienes que iniciar el proceso cuanto antes. Una vez puesta y cobrada esta reclamación, si te vuelve a hacer lo mismo la misma empresa durante al menos 3 meses, podrías iniciar un proceso de rescisión voluntaria de tu contrato por impago. Te daría derecho a cobrar la misma indemnización, finiquito y paro que si hubiera sido un despido improcedente. Pero esta rescisión sólo es viable cuando previamente se ha hecho la reclamación de cantidad y, o bien no se ha cobrado, o bien se cobró pero luego dejaron de pagarte otra vez. Si la deuda te ocasionó algún perjuicio económico lo puedes recuperar. Ppor ejemplo si el banco te cobró comisiones por tener números rojos. O incluso si tuviste que que pedir un crédito para seguir viviendo mientras que la empresa no te pagaba. Lo primero es poner y ganar la reclamación de cantidad en el juzgado de lo social. Entonces, una vez la sentencia sea firme, podrías poner una demanda a la empresa por daños y perjuicios, en la cual pides que te paguen todos los gastos que te ocasionaron, como los intereses del crédito y los gastos de su formalización. Pero con eso hay que ir con ojo, porque las demandas de daños y perjuicios sí necesitan de abogado y sí que puede haber condena en costas.
Muchas gracias iba bastante perdida ahora lo tengo más claro. ¿Pero mi duda es si el se marcha no tiene opción a cobrar la prestación por desempleo ya que la empresa no le paga?
El jefe dice que no tiene con que pagarles y que ha puesto la empresa a concurso de acreedores, según les ha dicho que no esperen cobrar nada de él. ¿El tiempo hasta cobrar del FOGASA es muy largo?
Efectivamente, si se va no tiene paro. Una cosa es que se ponga en concurso de acreedores y otra muy distinta es que sea cierto o bien que haya habido el típico alzamiento de bienes (poner bienes a nombre de su mujer, por ejemplo). El FOGASA paga tarde, pero el FOGASA no es tonto y no paga simplemente porque tu jefe lo diga. Te aconsejo que te pongas inmediatamente en manos de un profesional. Lee este artículo sobre cómo seleccionar abogado (incluso gratis) para casos laborales.
No olvides puntuar y finalizar la pregunta.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas