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Rescisión de contrato en empresa concursada

Experto:
Usuario:
Fecha: 06/09/2009
Valoración: (4,00 sobre 5) Categoría: Derecho Laboral
03/09/2009
musef, usuario preguntando en Derecho Laboral
Usuario
Hola:
Mi empresa está en concurso de acreedores aceptado por el juzgado en marzo de 2009.
Actualmente me deben la nómina de junio, julio, agosto y la paga extra de junio. No hay perspectivas de cobrar a corto plazo, sino que incluso esperamos que se acumule alguna nómina más.
Me gustaría saber si es posible solicitar la resolución del contrato laboral por causa justa, ya que llevamos con retraso en los cobros un par de años. Ahora, después del concurso de acreedores, se están acumulando las nóminas sin cobrar y hemos pasado de 2 a 4 pagos pendientes.
Una pregunta es si puedo solicitar la resolución del contrato de trabajo a pesar de estar en concurso de acreedores la empresa.
Otra pregunta es si tendría derecho a cobrar la prestación por desempleo y si tendría derecho a la indemnización por despido.
Gracias y un saludo
03/09/2009
musef, experto respondiendo en Derecho Laboral
Experto
Para rescindir un contrato, antes hay que hacer una reclamacion de cantidad por lo impagado, y para ello teneis 12 meses de plazo para reclamar. A partir de ahi, se puede rescindir el contrato si siguen sin pagar.
Por tanto, y deduzco que ya lo habreis hecho, si podeis solicitar la rescision de contrato por impago de salarios.
Con concurso de acreedores, FOGASA paga las cantidades impagadas, si hay acta de conciliacion o demanda interpuesta, por despido y reclamacion de cantidad. Y por supuesto que tienes derecho a la prestacion por desempleo.
Aclarame, si sigues trabajando, o habeis sido despedidos, o la empresa ha cerrado ya.
De todas formas, para cobrar lo impagado, a traves de FOGASA, y teniendo en cuenta la extension de las condiciones y limites establecidos, metete en la pagina web www.fogasa.es y ahi encontraras todo lo relacionado con este organismo dependiente del Ministerio de Trabajo, que garantiza el pago a trabajadores como en tu situacion.
Si tienes mas dudas no dejes de consultarme. Y sino, finaliza y puntua. Gracias
 
 
04/09/2009
musef, usuario preguntando en Derecho Laboral
Usuario
Hola de nuevo:
Estamos todavía trabajando. La empresa está en concurso de acreedores, por lo que no se si se puede proceder a una "reclamación de cantidades", ya que, en teoría, a una empresa concursada no se le puede exigir nada ya que está intervenida. De hecho, anteriores trabajadores despedidos sin cobrar, hicieron la reclamación y fue ganado el juicio e inmediatamente paralizada por estar en concurso de acreedores.
Mi intención principal es cortar por lo sano, ya que no se le ve salida a la situación de la empresa y estamos empezado a acumular nóminas sin cobrar. No creo que la empresa tenga recursos, en caso de liquidación, para pagar todo lo que adeuda a los trabajadores.
Por lo tanto, estando la empresa abierta y concursada, y sin haber interpuesto aún la reclamación de cantidades adeudadas, mi duda principal es si es posible solicitar la rescisión del contrato. ya que alguien me ha dicho que estando en concurso la empresa no es posible.
Muchas gracias por tu respuesta
06/09/2009
musef, experto respondiendo en Derecho Laboral
Experto
No tiene nada que ver que una empresa este en concurso de acreedores, para efectuar demandas correspondientes, ya que la justicia a nivel laboral funciona independiente de lo que haga la empresa, y de hecho si no sigues los pasos adecuados, te quedaras sin cobrar de FOGASA.
Por tanto, debes efectuar reclamacion de cantidad, ya que sin eso no podras cobrar ni de la empresa ni de FOGASA, por ello te sugeri mirases la pagina web.
La rescision de contrato tampoco puedes hacerlo si no hay reclamacion de cantidad previa.
Pero con concurso de acreedores, y habiendo efectuado una demanda por reclamacion, puedes cobrar de mientras la prestacion por desempleo.
Por lo tanto, tienes que acudir urgentemente a un abogado de oficio, o de un sindicato, para que te vaya moviendo las demandas correspondientes, lo del paro, y posteriormente lo de FOGASA.
Y aunque la empresa este en concurso de acreedores, si sigues de alta, sigues cotizando, y ahi la Seguridad Social tomara cartas en el asunto. De hecho FOGASA paga de acuerdo con lo recaudado por la Seguridad Social y Hacienda, que para eso es un organismo dependiente del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
La gente en la calle habla mucho, pero tu tienes que seguir con lo estipulado exactamente en la ley que te respalda y en los beneficios y/o salidas que da el organismo correspondiente, en estos casos.
Por ello es importante, no solo consultar en blog de expertos, sino mirar la web, donde aparecen todos los enlaces, sentencias, y casos con el tuyo.
Te recuerdo ademas, que para que FOGASA te pague las cantidades impagadas de salarios, la reclamacion tiene validez de los sueldos dentro de los 12 meses de tu reclamacion, el resto lo pierdes.
Si no tienes mas preguntas finaliza y puntua. Gracias
 
06/09/2009
musef, usuario preguntando en Derecho Laboral
Usuario
Muy Bien. Me ha sido de gran utilidad
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