Acumulación horas lactancia y reducción jornada

- Tengo a una trabajadora ( a jornada completa-- 8 horas ) que ha dado a luz y está disfrutando del permiso por maternidad.
- Cuando acabe el permiso por maternidad, tiene intención de acumular las horas de lactancia, aquí empiezan las preguntas:
           - Nuestro convenio no dice nada al respecto, así que me voy a la ley de igualdad y yo por más que lo leo, entiendo que lo que puede acumular es 1/2 hora no 1 hora como he visto por ahí ¿hay alguna sentencia o ley que obligue a las empresas a acumular 1 hora de lactancia?
           - Además esta trabajadora, me ha comentado que es fácil que al reincorporarse pide reducción de jornada por guarda legal de menor de 8 años, pasando su jornada a 5 horas ! Otro problema ! Entiendo que si la acumulación me la solicita antes que la reducción de jornada habré de dividir entre 8; pero si la solicita con efectos en los días que va a acumular ¿lo debo dividir entre 5? . Si divido entre 5, lógicamente salen más días a acumular que si lo haría entre 8... Es decir, ¿tiene un derecho mayor que la misma trabajadora a jornada completa?
Si alguien está puesto en el tema y me puede ayudar le estaría muy agradecido, porque ya me echa humo la cabeza!

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Si el convenio no dice nada habrá que estar a lo que pactéis con la trabajadora.
Puede que os interese más darle la lactancia acumulada tras la baja por maternidad que a
que la disfrute día a día, es decir que reduzca su jornada en media hora o que haga la hora
de ausencia que podría ser en dos periodos de media hora.
Y puede ser que a la trabajadora le interese también.
Pero lo dicho, si el convenio no dice nada, lo que acordéis.
Lo que si esta claro es que la trabajadora tiene derecho tanto a la lactancia como a la redu-
Cion de jornada.
Obviamente si acumula la lactancia a partir de la baja por maternidad se acabo el debate de
cuantos días tiene de acumulación tras pedir la reducción por que ya la habría disfrutado.
Con respecto a su respuesta, teniendo en cuenta que nuestro convenio no recoge nada al respecto será lo que acordemos, pero como tengo claro que la trabajadora va a acumular las horas, que la tengo que tener en cuenta para el cálculo de los días ¿1 hora de acumulación por día o medía hora hasta que el bebe tenga 9 meses?, lo digo por que por más que leo la ley no lo veo claro, de hecho hará año y medio tuve este mismo caso lo consulté y me dijeron que debía acumular media hora, y ahora de nuevo lo he consultado y me dicen que aunque no hay ninguna sentencia que siente jurisprudencia las últimas sentencias están dando la razón a los trabajadores que exigen que se les acumule 1 hora y no 1/2 hora. ¿Qué opina?
En primer lugar la ley establece una hora diaria de ausencia(esto quiere decir que se entra
y se sale al horario establecido y la trabajadora se ausenta durante su jornada laboral 1 ho-
Ra o en dos periodos de media hora).
A partir de ahí la trabajadora tiene la opción de reducirse media hora la jornada al entrar o al
salir dentro de su jornada. Pero solo es una opción que tiene la trabajadora, no tiene necesa-
Riamente que optar a ella.
Por lo tanto parece obvio que si se acuerda acumular la lactancia hay que tener en cuenta 1
hora diaria para hacer el calculo(el derecho original)y no con 1/2.

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