Reducción de jornada por la crisis y paga el paro

Ya he leído varios casos de reducción de horas por la crisis pero en ninguno leo lo que me han planteado a mi
Soy fijo en mi empresa con contrato de 40 horas semanales y debido a la crisis, la empresa esta mal, me plantean si quiero aceptar una reducción de 2 horas diarias y me dicen que esas dos horas me las pagara el paro. Osea que a la vez que trabajare y seguiré cotizando, el paro me pagara CASI INTEGRAS esas dos horas diarias, con lo cual para mi sera casi trasparente.
El primer problema que veo es que si después de 6 meses en esa situación me despiden el paro lo cobrare en función de 30 horas semanales, ¿o me equivoco?
Y por supuesto la duda que más quiero que me aclaréis es, si es cierto eso que ellos me arreglan los papeles para que el paro me pague esas dos horas de reducción casi integras
Y lo ultimo, si me negara, cosa que me han dicho que estoy en mi derecho, ¿me podrían despedir dándome 20 días por año?

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La reducción de jornada solo puede darse si tu aceptas, y la empresa no puede obligarte a aceptar, siempre debes exigir por escrito este tipo de cambios para poder reclamar si fuera necesario. Si renuncias a parte de tu jornada no tienes derecho a cobrar prestación por desempleo. Y si te despiden deberán pagarte 45 días por año trabajado.
La única posibilidad de cobrar parcialmente la prestación sería que la empresa tramitara un ERE con reducción de jornada, y este fuera aceptado por la autoridad laboral, en este caso no depende de ti, dependería de la empresa el elegir a la persona afectada y aquí si tendrías derecho a cobrar prestación por desempleo a tiempo parcial.
Al ser temporal pasado el tiempo establecido deberías volver a tu jornada actual y si fueras despedido tendrías derecho a la presación por desempleo a tiempo completo.
Para despedirte con una indemnización de 20 días por año solo podría ser con despido objetivo declarado procedente o con un ERE, en caso contrario siempre tendrás derecho, y deberás reclamar los 45 días por año porque es responsabilidad de la empresa demostrar los hechos del despido.
Gracias gracias por tu extensa respuesta, me has ayudado mucho
Solo una cosa más, ahora me he enterado que si ellos presentan el ERE, la autoridad laboral lo concede y yo acepto esa reducción de jornada (¿ese seria el orden verdad?), cada día que cobre del paro me cuenta como un día completo en vez de dos horas, ¿es esto cierto?
Gracias
Cuando cobras la prestación por desempleo a tiempo parcial se consume a tiempo completo, tal y como comentas. Pero de forma excepcional y en principio solo por este año, aquellos que cobren la prestación por desempleo a tiempo parcial afectados por un ERE en un tiempo inferior a 3 meses, no verían consumida su computo actual de mensualidades generadas para cobrar desempleo. Esto debes consultarlo en la oficina del INEM en su momento por si estuvieras dentro de este colectivo.

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