Moobing y despido tras baja por maternidad

Trabajo en un empresa de telecomunicaciones y a principios de año (05/02/09) me he reincorporado tras una baja por maternidad, también he acumulado mis vacaciones y 12 días en horas de lactancia. Desde el momento de mi reincoporación me han quitado todas mis funciones, nadie me dice absolutamente nada de cuales serán ( si es que hay) nuevas funciones; han cogido a una nueva persona para hacer mi trabajo y la otra parte del trabajo que realizaba se la han pasado a un compañero. Me han dejado completamente sin nada que hacer. Me he enterado por ahí que quieren despedirme.. Si es que yo no me voy por mis propios medios.
Mi pregunta es la siguiente: ¿Me pueden despedir si todavía mi hijo no tiene nueve meses o sería nulo el despido? Lo pregunto porque como yo he acumulado las horas de lactancia quizás no cuente lo de los nueves meses ( que entiendo que es por la hora de lactancia hasta que el bebé cumpla 9 meses). Por otro lado, mi intención era pedir una reducción de jornada visto y considerando la situación ( que no tengo nada de trabajo), ¿podrían denegármela? ¿Puedo solicitarla cuando mi hijo cumpla 9 meses o tiene que ser antes? ¿O tiene que ser inmediatamente posterior a la reincorporación de la baja? En caso de estar con reducción de jornada, ¿me podrían despedir o sería nulo el despido?
Mi intención es seguir trabajando y ellos lo saben, por eso pregunto en qué casos puede existir la nulidad, porque si me despiden (que en ese caso seguro que será improcedente) pueda pedir la nulidad del mismo.

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En cuanto a la nulidad, es hasta los 9 meses del hijo hayas o no disfrutado la lactancia(no tiene nada que ver).
La reducción la puedes pedir cuando quieras. Es evidente que dada la situación cuanto antes
mejor. La empresa no se puede negar, por que no es nadie para no reconocerte un derecho
que te confiere el Estatuto de los trabajadores. Puede ser tan cafre como para negartela, pero
tu eres más lista que ellos y vas a demandar para que te la reconozca un juez.
El despido en caso de estar en reducción de jornada es nulo, salvo que sea procedente. Pero
para que sea procedente deben haber unas causas y ademas deben ser reales que la empre-
Sa deberá demostrar en juicio si demandas. Como no podrá sera nulo.
En cuanto al cambio de funciones o la falta de ellas, tienes derecho a la ocupación efectiva y
ademas deberán ser las mismas de antes de la reducción. Por lo tanto si te han cambiando las funciones tienes derecho a demandar por cambios sustanciales en las condiciones de trabajo(articulo 41 del E.T), pero esta es una demanda diferente a la de la reducción de jornada.
No dudes en buscar asesoría directa de algún sindicato o abogado laboralista para estar en igualdad de condiciones frente a la empresa.
Finalice y puntúe sino tiene más dudas.

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