Antigüedad en empresa (administración publica)

En 1990 entre a trabajar con contrato de obra y servicio para fechas comprendidas entre 1 de octubre y 31 de julio en un centro de profesores, mi empresa pagadora y contratante era el ayuntamiento. Durante 14 años estuve con este tipo de contratos (agosto y septiembre al paro). En 2004 se me hizo conversión del contrato a fija discontinua, con mismas fechas y horario. En septiembre de 2008 cerraron los centros de profesores por lo cual me han comunicado con fecha 9 de octubre que mi contrato de fijo discontinuo ha extinguido. Que antigüedad me corresponde, ¿4 ó 18 años?

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En mi opinión 18 años porque todos los contratos por obra que tenías no eran por una obra "extraordinaria" fuera de la actividad normal de la empresa, por tanto estaban en fraude. Otra prueba más del fraude es que excluyeran del tiempo de cotización las vacaciones de verano. Al ser temporales en fraude es como si hubieras sido indefinido desde el primer día.
Pero hay más. Que se cierre el centro de profesores no es una causa válida de finalización de contrato por causas objetivas. Por tanto estamos ante un despido improcedente (45 días por año) con una antigüedad de 18 años, lo que implica una indemnización de 45*18=810 días de salario bruto. A ti seguro que te han ofrecido 20 días por año con una antigüedad de 4 años. Hay una "pequeña" diferencia. Por tanto acude a un sindicato (mucho ojito con cuál eliges, porque vas a demandar al Ayuntamiento) y te gestionarán la demanda. Te vas a forrar.
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Gracias por tu respuesta, espero que sea así. He elegido un abogado particular, porque a mi estas cosas me pillan fuera de lugar y me dan mucho "yu-yu"

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