¿Cuánto de finiquito le corresponde a mi marido si tiene un despido improcedente?

Te cuento, a mi marido le han dicho hoy que en 15 días termina en la empresa y el contrato se le termina en septiembre y por lo cual yo entiendo que es despido improcedente, el lleva en dicha empresa desde el 22 de octubre del 2007 no llega al año, por la indemnización por despido cuanto le corresponde, ¿y de finiquito? Las pagas las tiene prograteadas. Si le presentan la carta de despido debe firmarla o no, espero que me puedas ayudar, si pudieras ayudarme a sacar el finiquito y la indemnización me harías un favor muy grande, mira te digo lo que cobra:
Salario Base: 875,13
Plus convenio: 60,50
Plus transporte: 87,34
Paga Extra: 226,85
Le retienen un 5% de IRPF
La categoría profesional es Oficial de 3 y el convenio es del siderometal.

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Por supuesto es despido improcedente (indemnización de 45 días por año), ya que no se puede cerrar una empresa por las buenas. Ellos le comunicarán un despido objetivo, que lleva indemnización de 20 días por año, o intentarán cualquier otra cosa.
Una empresa se puede cerrar cuando se quiera, pero pagando a los trabajadores la indemnización de despido improcedente, que son 45 días por año de servicio. Aparte tendrán que pagar el finiquito normal, que es lo que le deba a cada trabajador por vacaciones y pagas extras pendientes en el año en curso. Para que la indemnización sea sólo de 20 días por año se han de cumplir las condiciones de despido objetivo que, a grosso modo, consisten en demostrar en el juzgado (porque se supone que el trabajador demanda por despido improcedente) que la única forma de salvar la empresa de la quiebra es despedir precisamente a ese trabajador al que se le quiere hacer despido objetivo, y por supuesto no se puede contratar a nadie más. Cerrar una empresa porque da pérdidas (no es lo mismo que quiebra) o porque le apetece al empresario no es causa de despido objetivo. Si quiere dar en quiebra tienen que pasar por un proceso por el que probablemente no han pasado y que tampoco es tan sencillo como rellenar unos papeles poniendo los datos que quieran, sino que también requiere que se demuestre que hay quiebra real, y si no la hay pues los despidos también serían improcedentes.
Por tanto, cuando le vengan con la carta, que la fime poniendo "no conforme" y la fecha del día de entrega, en todos los papeles que le den. Si por eso le dicen que no le pagan pueder dar por seguro que le pagarán luego y con intereses. Entonces hay 20 días para poner la demanda por despido improcedente. Para ello no necesita abogado, si sabe representarse a sí mismo, o bien puede pedir uno gratuito en el colegio de abogados o bien acudir a un sindicato, que es gratis si se está afiliado. El abogado le hará la cuenta de lo que le deben, tanto de indemnización como de finiquito, como por haber cobrado menos de lo que diga el convenio (esto es muy importante y hay que mirarlo también), pero en mi web tienes un artículo llamado "el finiquito" donde lo explico todo.

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