Horas

Apreciado experto, desde hace mucho que se me plantea una duda...
Iré al grano, ¿qué legalidad tiene el que un delegado absorba la bolsa de horas de otro delegado de forma sistemática?
¿Es legal esta práctica?
Si el secretario general de un comité por parte de CC.OO por poner un ejemplo, absorbiera horas de otros delegados y este se pseudoliberara cada mes...¿estaría infringiendo alguna norma?
Muchas gracias de antemano.
Respuesta
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Dispone el artículo 68. Garantías del Estatuto de los Trabajadores:
"Podrá pactarse en convenio colectivo la acumulación de horas de los distintos miembros del comité de empresa y, en su caso, de los delegados de personal, en uno o varios de sus componentes, sin rebasar el máximo total, pudiendo quedar relevado o relevados del trabajo, sin perjuicio de su remuneración."
Se entiende legalmente, por tanto, que no están infringiendo ninguna norma, pues así lo contempla el propio Estatuto de los Trabajadores.

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