Impuesto de sucesiones

Hola , hace 4 meses que se murió un tío, en la CCAA de Castilla León, y en su testamento dejó de herederos a 7 personas, un abogado contratado por una de las partes ha tramitado toda la documentación para el pago del impuesto de sucesiones sin hacer la partición de la herencia, mis dudas son:

¿Si pagas el impuesto de sucesiones, estas haciendo una aceptación de la herencia?

¿El pago del impuesto es individual?

Y como es nuestro caso, hay varios herederos y uno no paga el impuesto de sucesiones, ¿que repercusiones tiene? Y ¿para quien?

Yo como heredera estoy valorando repudiar la herencia, ¿he de pagar el impuesto de sucesiones? Y hay plazo para repudiarla.


Gracias y un saludo

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Cada heredero es libre de tramitar el impuesto por sí mismo. Como no firmaste, supongo, tienes que presentar tu liquidación aún...

Si presentas liquidación y pagas el impuesto, aceptas la herencia de forma tácita.

No pagar el impuesto en plazo (son 6 meses tras el fallecimiento) hace que Hacienda pueda imponer MULTAS (son cuantiosas) al incumplidor.

Si tiene idea de repudiar la herencia, mas vale que lo haga y se lo comunique a los coherederos antes de los 6 meses que le digo. Si el problema es del impuesto de sucesiones, no lo haga, ya que, posiblemente, quede exento de pago (solo tendría que presentar la liquidación, se establecen grandes descuentos y bonificaciones si se transfieren los bienes de padres a hijos)...

No se ha tramitado la aceptación de la herencia, solo se ha calculado el impuesto de sucesiones de cada heredero.

No estoy exenta de pago, no es una gran cantidad, pero el problema que me lleva a valorar la repudiación de la herencia es que hay uno de los herederos que no quiere hacer los tramites legales de aceptación de la herencia, ni llegar a acuerdos para vender las fincas y los inmuebles que hay en la herencia.

Como el plazo de los 6 meses acaba en agosto, ¿se puede pedir una prórroga del pago del impuesto para intentar llegar a un acuerdo? y esta prórroga, ¿se ha de pedir en conjunto todos los herederos o yo individualmente la puedo pedir? y como última pregunta, Si lo puedo hacer, esto significa que acepto la herencia.

Muchas gracias

Considero que el trámite de aceptación de herencia no es necesario hacerlo formalmente (lo que hay que hacer formalmente, por obligación, es la repudiación, si es el caso).

Yo aconsejaría pagar el impuesto, sin mas, por lo menos, por su parte.

Una vez liquidado el impuesto, tendría derecho a 1/7 ideal de la herencia (suponiendo que hereden todos "a partes iguales").

Lo que se puede hacer para que los "inmovilistas" accedan a repartir la herencia es asignar a los herederos que estén de acuerdo con "vender" sus partes en bienes que no necesiten del consentimiento. Así, si por ejemplo, 3 de los 7 herederos quieren vender, pueden hacerse 2 lotes de 3/7 y de 4/7 y adjudicárselos a los grupos de herederos interesados.

Si repudia la herencia por los motivos que me expone, los herederos "inmobilistas" se quedarán con su parte sin pagar por ella.

Respecto a la pregunta sobre la prórroga que me pregunta, solo conceden la prórroga por motivos justificados, y la falta de acuerdo entre los herederos NO ES JUSTIFICADO para Hacienda (ya que Hacienda no necesita el acuerdo entre herederos para girar el impuesto).

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