Renuncia a una herencia y hacer 1 Poder

Quisiera saber las posibles soluciones lo siguiente: Mis padres tienen bienes gananciales, ahora mismo tienen deudas y están mayores, mi padre está enfermo y no está en sus cabales, lo digo a la hora de firmar algún documento importante, ¿de qué manera legal recae la absoluta responsabilidad sobre mi madre? ¿Qué documento se tiene que hacer para "deshabilitar" a mi padre? ¿O puedo hacer un poder para hacerme cargo de todos los bienes que tengan? Ya que si uno fallece el otro no querrá saber de nada. No tienen testamento hecho, quiero que lo hagan, pero tampoco mi hermana y yo queremos heredar las deudas, leyendo he encontrado que podemos aceptar la herencia en beneficio de inventario, ¿puede ser? ¿Mi madre/Padre, mi hermana y yo podemos negarnos a heredar? Entonces pasaría a los hermanos,¿etc.? Lo siento pero veo varias salidas, pero no veo el final todavía.

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Tienen la posibilidad de aceptar la herencia a beneficio de inventario, en cuyo caso no les afectarían las deudas de sus padres o repudiar la herencia, que podría ser repudiada por todos los herederos, sería llamado entonces el estado a la misma, quien siempre la acpetaría a beneficio de inventario
Mientras que su padre tenga capacidad no puede ser deshabilitado, pare ello deben iniciar un procedimiento de incapacitación, si no tiene capacidad de regirse por si mismo, en cuyo caso se le nombraría un tutor que lo representara
Por lo que entiendo si aceptamos a beneficio de inventario o se repudiara por TODOS los herederos y aquí incluyo a hermanos que tengan mis padres, nietos, abuelos míos, etc., vaya todo el que pueda heredar algo, ¿pero todos tienen que acudir al notario? Porque si mi hermana y yo no queremos nada, 1/3 pasa a mi madre, ¿pero ella se puede negar a la herencia como nosotras? ¿Al estar en bienes gananciales? En el caso de que pase a ella, ¿ella puede cedernos los bienes y luego nosotras volver a aceptar el beneficio de inventario? Yo lo veo como que a alguien le tiene que tocar y se van buscando parentescos, ¿pero esto muy legal no tiene que ser? Al tener deudas, que nadie se haga cargo... Y respecto al inventario exacto de los bienes, ¿dónde se suele hacer?, también ante notario y con toda la documentación que pueda darnos los bancos, ¿etc?.
Gracias.
En principio herederos son los que han sido designado por el testador en testamento, y solo ellos deberán repudiar a la herencia
El resto o si no hay testamento, mientras no se abra la sucesión intestada y sean llamadas a ella no tienen porque renunciar a la herencia, lo que tienen que hacer es evitar alguno de los actos por los que se entiende aceptada la herencia (como coger parte del dinero o de los bienes, en cuyo caso ya no podría repudiar la herencia)
Todos los que son llamados a la sucesión deben comparecer por si o representados por persona con poder para ello y aceptar o repudiar la herencia

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