Usufructo de las propiedades de los padres

Somos dos hermanos y mis padres hicieron el testamento hace muchos años, parece ser que uno simple, es decir, si fallece uno de los cónyuges para el otro que sobreviva y cuando fallezcan los dos para los hijos (mi hermana y yo). El problema es que mi hermana lleva viviendo toda la vida con mis padres y sus hijas, maridos, novios y nietas de mi hermana siguen viviendo con mis padres. El caso es que me he enterado que quiere hacer usufructo con el piso y la casa del pueblo. ¿Yo no tendría derecho a nada, ni mis hijos? ¿Podría vivir en alguna casa? ¿Hay alguna forma de ver el testamento?. El caso es que mis padres ya son muy mayores y están enfermos y me temo lo peor.

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Lo primero es que le voy a decir como va el tema de las herencias si hay testamento.
Luego analizamos sus preguntas.
Las herencias son como una tarta.
Imagine que la parte usted en tres partes iguales.
Dos de esas partes son la legítima, que por Ley ya está adjudicada a los llamados "herederos forzosos". (Artículo 806 del C.Civil).
En este caso, los herederos forzosos son los hijos.
Pero esas dos partes son diferentes entre si.
Un tercio de la tarta, se llama "de legítima estricta". Y es a dividir a partes iguales entre los hijos.
El segundo trozo de la tarta (también de legítima, o sea, que también para los hijos), se llama "tercio de mejora" y la Ley autoriza al testador que reparta este trozo como guste pero solo entre los hijos, claro. O sea, que incluso puede dejárselo entero a uno solo y nada a los demás, o dárselo a dos, y los otros nada... Puede repartirlo"mejorando", pero entre los hijos y a su gusto.
El último trozo de la tarta se llama "tercio de libre disposición" y como su nombre indica, puede disponer de él a su antojo.
Puede dejárselo a un amigo, a un vecino, al del bar de la esquina, al vendedor de la ONCE, a una ONG... A un hijo... A dos.. a todos.. a un nieto.. un sobrino.. a quien quiera. Es de libre disposición.
Ahora vamos a sus preguntas.
Lo que dice de que si fallece uno, todo para el otro y cuando fallezcan los dos todo para los hijos... NO.
Ya ve que no es así.
Es verdad que legalmente al viud@ le corresponde el usufructo de un tercio, concretamente del tercio de mejora.
Pero la propiedad es para los hijos.
Usufructo es derecho a goce y disfrute, pero no es propiedad y desaparece justo en el mismo momento en el que el usufructuario fallece.
Es verdad que uno se puede dejar al otro el tercio de libre disposición, pero los otros dos tercios son para los hijos.
También es verdad que se pueden dejar mutuamente el usufructo de la totalidad.
En fin, que hay que esperar a ver la redacción exacta del testamento.
Y el testamento hasta que fallezcan es imposible verlo, salvo que se lo encuentre en un cajón y lo lea.
Claro que tampoco se sabe si es el testamento válido, ya que una persona puede hacer muchos testamentos a lo largo de su vida y cada uno que se hace anula al anterior.
Tras el fallecimiento de uno de ellos les indico los pasos a seguir, que son totalmente necesarios.
1º- conseguir certificado original de defunción.
2º- con ese certificado van a la secretaría del ministerio de Justicia de su ciudad y piden un "certificado de últimas voluntades", y de paso un certificado de "seguros de vida". También es gratis y a lo mejor se encuentran con una sorpresa.
3º- En el de últimas voluntades, les dirá si dejó o no testamento.
Si dejó testamento, van al notario que ponga y le piden copia.
Si hizo varios testamentos el válido es el más reciente.
El que su hermana lleve toda la vida viviendo en el piso no le da más derechos.
Usted tiene su derecho a su herencia y por muchos años que lleve ella viviendo en el piso no se los puede negar.
Dice que se ha enterado que quieren hacer usufructo con el piso y la casa del pueblo.
Pero a efectos de herencia eso es un problema añadido pero no insuperable.
Si no hay acuerdo, usted demanda y el juez le da su parte. Por mucho usufructo que haya.
Lo que pasa es que el usufructo tiene un valor que dependerá de la edad del usufructuario.
Pero bueno, se paga y en paz.
Desde luego, creo que usted ve el futuro un tanto negro.
Decirle que es verdad que está algo negro, pero no del todo.
Indudablemente, (y se lo digo de verdad), lo mejor es llevarse bien, al menos mientras los padres vivan. Porque mientras vivan, pueden hacer con lo suyo lo que quieran y usted no adelanta nada.
Pero cuando fallezcan, ya es otro cantar.
Lo mejor es tratar con su hermana. Por las buenas. Negociar, porque si se ponen las posiciones "duras", el futuro a que se enfrentan es muy negro.
¿Lo mejor? Pues verse un día, charlar y ver que sus padres hagan nuevo testamento en el que dejen su herencia repartida.
Por ejemplo, la propiedad del piso para su hermana en exclusiva y la casa del pueblo para usted en solitario.
Y cuando fallezcan no tendrán problemas.
Porque si los dos tiene un tanto por ciento de cada cosa estarán ustedes en pro indiviso y terminan en los tribunales y la casa y el piso vendiéndose en pública subasta por orden judicial.
Porque El pro indiviso es de lo peor que hay. Es una auténtica manzana envenenada.
Le recomiendo ver en Google un artículo que se llama: "pro indiviso la manzana de la discordia".
Léalo. Le merece la pena.

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