Ayuda problema con una herencia y próximo juicio.

Mis abuelos han fallecido y tenían en herencia una vivienda. Tienen dos hijos, mi abuelo falleció primero y dejo el tercio de libre disposición a mi abuela y el resto a los dos hijos por partes iguales pero mi abuela al fallecer dejo testamento y de su parte para su hijo sólo la legitima estricta y el resto para mi madre y para mi como herederas universales.
Existe muy mala relación con el otro heredero y en un principio nos pidió su parte pero valorando el piso el solo por una cantidad muy grande y discutimos. Después nos llamo su abogado con la misma historia y buscamos una abogada. Mi abogada le dijo que el piso se tenía que tasar que actualmente la vivienda estaba más devaluada. Y no hicimos ni partición ni abrimos herencia.
Hace 2 meses nos mandó un telegrama pidiendo que resolviéramos la cuestión de la herencia y volvimos a hablar con su abogado diciendo que se tasara pero no contestamos con ningún telegrama. Ahora hemos recibido una denuncia de el para hacer la repartición judicialmente y que dado que no se puede dividir la vivienda solicita al juez la subasta pública y que nosotras paguemos todas las costas dado que el ha actuado de buena voluntad incluso mandándonos un telegrama y todo.
Nosotras no nos negamos a darle el dinero pero es necesario que haya una tasación ¿verdad? Y además antes de una subasta querríamos vender el piso. ¿Puede el así de repente sin hacer particiones ni nada ya solicitar subasta? Tenemos una vista próximamente para la partición. Otra cosa, mi madre tiene declarada la invalidez permanente y vive toda la vida en esa vivienda y no tiene otra. ¿Tiene algún derecho a quedarse en ella? Muchas gracias y perdonar que me haya enrollado tanto pero es que es muy largo. Gracias de nuevo estamos muy asustadas.

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Respuesta
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Pues a mi entender, se debería de aceptar primero la herencia.
Porque tienen por delante dos herencias. La de su abuelo y la de su abuela.
Dos herencias diferentes y que no se mezclan, por mucho que de uno se repartan la mitad de un piso y del otro la otra mitad.
Son dos aceptaciones de herencia.
Las herencias son un derecho. No son una obligación.
Es decir, que se pueden aceptar, pero también se pueden rechazar.
Y tanto una cosa como la otra, ha de hacerse ante notario.
Así que comprenderá que mientras no se acepte la herencia ante notario, no se es dueño de nada.
Por cierto, que hacienda da seis meses de plazo tras el fallecimiento de una persona para el pago de los impuestos de sucesiones.
Pasado el plazo, ponen un recargo y comienzan a correr los intereses de demora.
Y cada día que pasa se debe un poquito más.
Así que no se duerman.
De todas formas, estarán mejor asesoradas por su abogada que por mi, ya que ella tiene todos los detalles.
Respecto a esa demanda solicitando la pública subasta, es correcto. Puede hacerlo.
Respecto a las costas, si ustedes se allanan (aceptan) la demanda, no serán condenadas en costas.
Claro que les deja el juzgado pocos días para allanarse. No se si son 10 ó 20.
Sin problema se allanan y en paz. Al fin y al cabo ustedes también quieren partir la herencia.
Su tío se ha metido en un buen "fregado".
En estas cosas más vale un mal arreglo, que un buen pleito.
No se como estarán ustedes de dinero o posibilidades de conseguirlo, ni tampoco se cómo andará su tío. Porque para estas cosas hace falta dinero. Y bastante.
Pero si les sirve de consuelo, aunque los gastos pueden ser similares, para cada parte, ustedes tienen que preparar menos que él.
Poco a poco les explicaré el porqué.
Porque esta respuesta va para largo. Y les van a surgir muchas dudas que habrá que aclarar luego.
Artículos código civil:
Artículo 1051: "Ningún coheredero podrá ser obligado a permanecer en la indivisión de la herencia".
Artículo 1052: "Todo coheredero que tenga la libre administración y disposición de sus bienes, podrá en cualquier tiempo pedir la división de la herencia".
Artículo 1062: "Cuando una cosa sea indivisible o desmerezca mucho por su división, podrá adjudicarse a uno a calidad de abonar a los otros el exceso en dinero.
Pero bastará con que uno solo de los coherederos solicite la venta en pública subasta con admisión de licitadores extraños, para que así se haga".
Su tío se habrá acogido a estos artículos o directamente más al 1062.
La ventaja es que como no es una subasta por deudas o embargos, los herederos y familiares pueden asistir a la subasta y pujar.
Ustedes pueden ir. Claro. Y pujar y subir el precio, Que no se lo lleve ni el hermano ni un extraño por cuatro perras.
Según mis cálculos, del total de la vivienda, a él le corresponde un 27,78% y a ustedes un 72,22%.
Es decir, que a la hora de la subasta, tienen ustedes mejor posición. Más ventajas.
Ya que son dueñas de la parte mayor, y solo van a comprar en subasta un 27,78%.
Por supuesto, pagarán un 7% sobre esa cantidad por impuestos de compra-venta-
Pero él tiene que preparar mucho más dinero. En efectivo. Que tras la subasta, el juzgado solo da veinte días de plazo para el pago de lo que se haya pujado.
Y por supuesto, pagar el 7% sobre el 72,22% que se adjudique.
Claro que si se lo adjudica un extraño, pagará y el secretario judicial repartirá.
Pero no esperen eso. Ha cambiado la Ley respecto a las subastas, se ha endurecido para los particulares y los llamados "subasteros" y hoy por hoy casi nunca acuden.
Si contamos las costas judiciales, los abogados y los procuradores, la parte de los dos se va a ver reducida, pero la de él, mucho más. Como se descuide, le van a quedar cuatro perras.
Todos estos gastos se los evitan si hay un acuerdo.
La tasación la ordenará el juez.
Si la hacen ustedes porque lleguen a un acuerdo, una tasación por empresa especializada les puede costar unos 300 euros. Pero si es judicial, ha de ser un arquitecto superior, y esos cobran como 1.500 y como te descuides 2.000-
Ya depende de la vivienda.
Claro que estos gastos son a repartir según lo que a cada cual corresponde, o sea que ustedes correrán con la mayor parte de esa factura.
Pero los gastos de abogado y procurador, cada cual los suyos. Porque allanándose a la demanda no habrá condena en costas.
Y ustedes, si me admiten un consejo, pidan presupuesto a su abogada y de paso a dos o tres abogados más. Y eligen.
No se imaginan la variación de costes de uno a otro y de pedir presupuesto o no.
Como no lo pidas, aplican lo marcado por el colegio oficial y les puede salir 4 veces más caro.
No hay que andarse con vergüenzas. Son consultas muy rápidas. Y eligen.
Otro tema es lo que dicen de tener una vista para la partición. Me extraña mucho, pero si el juzgado les ha citado o su abogada que conoce mejor que yo los términos de la demanda lo dice, pues será así.
Pero normalmente los jueces no quieren discusiones ni regateos ni tiras y aflojas en la sala.
Ellos van a lo positivo:
¿Han llegado a un acuerdo? Pues se anula la demanda.
¿No han llegado a un acuerdo? Pues a subasta.
Y no es normal que escuchen a las partes, porque no se saca nada.
Todo va por escrito y no llega a haber juicio. Eso es lo normal.
Pero si dicen que tienen una vista... pues así será. Porque como no he leído "papeles", no puedo decir más. Y desde luego, repito que su abogada sabrá mejor que nadie cómo van las cosas.
¿Derecho a quedarse en la vivienda por invalidez o haber vivido en ella toda la vida?
Pues no.
Si se la adjudica, pues si.
Si se la adjudica otro, puede y tiene derecho a que el juez se la entregue totalmente libre. Lógico ¿no?.
Porque los derechos de uno no pueden anular los de un tercero que se adjudique el piso. Esa persona tiene derecho a que quede vacío y venderlo o vivir en él, o que viva un hijo, o alquilarlo y sacarle una renta.. Y esos derechos hay que respetarlos. Para eso ha pagado y comprado un piso.
Por eso le decía antes que me extrañaba lo de la vista, porque imagine a cada uno echándole en cara a los demás, afrentas pasadas, recriminándose, valorando: Que si yo pinté, que si hice reformas, que si estoy jubilado, que si tengo minusvalías... Los jueces no admiten discusiones.
Dictan sentencias.
Bueno, como verá la cosa iba para largo. Y seguro que me he dejado cosas en el tintero y que les quedan muchas dudas.
Pues me las plantean, ¿vale?. Y no se asusten. Las cosas son como les he dicho, pero ustedes están en mejor posición de cara a una subasta.
Una situación muy penosa, pero muy normal. Incluso entre hermanos y padres e hijos. Por desgracia.
Un saludo y si no va añadir más, le ruego finalice la pregunta para que se me quede libre.
Muchas gracias mañana voy a la abogada con la carta del juzgado. Os comentaré si tengo alguna duda y de verdad gracias por tú respuesta

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