Usurpación de bienes de un fallecido

En este caso quisiera la opinión de los expertos en un caso que me acaba de ocurrir hace muy poco.
Tras el fallecimiento de una persona ya mayor, se pactó de palabra la reunión de todos los familiares para hacer la repartición de los bienes materiales que había dentro de la casa de la difunta para que cada uno de sus familiares pudiera disponer de recuerdos de la misma.
Resulta que una de las hijas de la fallecida posee llaves de la casa y anteriormente a la repartición de los bienes ha entrado al menos en tres ocasiones en la vivienda apropiándose de todo lo que han creído conveniente. ¿Legalmente puede ser denunciable este hecho? ¿Pueden los herederos acusar a esa persona de este hecho y recriminarle su actitud haciendo que devuelva todas las cosas de las que se ha apropiado para hacer la repartición de forma equitativa? Me gustaría tener un consejo de alguien que sepa del tema y en el caso de no poder recuperar dichas pertenencias, qué se podría hacer.

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La verdad es que les sería difícil el demostrar nada, aunque por supuesto todo es denunciable, pero habla usted de una reunión de "todos los familiares" y después dice que "una hija" se llevó cosas.
Una cosa es que "todos los familiares" que pueden ser: hijos, sobrinos, nietos, hermanos, cuñados, primos... etc hablen de repartirse las cosas y otra es que una hija que es heredera (al menos de la legítima) pueda coger cosas y desde luego muchos de esos familiares no podrían quejarse al no ser herederos.
Por otro lado no dice si había testamento, porque si lo hay, no valen pactos de "todos los familiares" Vale el reparto que se haya establecido en el testamento.
Usted pregunta: "pueden los herederos acusar a esa persona de este hecho y recriminarle su actitud..."
Bueno, una cosa es acusar. Ya ahora si que dice que hay herederos, (pero sigo sin saber si hay testamento.) Porque acusar puede hacerse ante los tribunales de justicia y otra cosa es "recriminar" que eso siempre se puede hacer, aunque no tiene ninguna fuerza legal, pero uno se queda a gusto. (Tal vez).
Desde luego, si hay herederos, estos pueden pedirle la restitución de lo que se ha llevado.
Ya eso, mejor lo comentan con un abogado y que según los datos que ustedes le aporten les aconseje.
No es lo mismo que se haya llevado muchas joyas y una colección de monedas de oro, aparte de tres Picasos y un Goya, que si solo se ha llevado un juego de café y dos de sábanas. O tal vez fotos familiares, o lo que sea.
Valorando lo que crean que se ha llevado, verán si les merece la pena poner el tema en manos de un abogado.
Desde luego, que los herederos (que usted dice que los hay) si que pueden reclamar vía judicial lo que se haya llevado. Otra cosa es que se pueda demostrar.
Al menos su consulta de si se puede reclamar, ya ha quedado clara. Todo es denunciable.
Por favor, valore y finalice la respuesta para que se me quede libre. Dispongo de un número limitado de preguntas abiertas.
Parece ser que no hay testamento, pero no es seguro; ¿Existe algún medio por el que se pueda saber? No sé si eso queda registrado en algún juzgado o en el registro civil.. Son tres hijos y algunos nietos los que deben de repartirse la herencia y la mayor de los hijos es quien ha hecho uso de su llave para apropiarse de algunos de los bienes de la fallecida, incluyendo las joyas, fotos familiares (que aunque puedan tener poco valor económico tienen un gran valor sentimental), además de deshacerse de algunos objetos que, por no quererlos ella, fueron tirados a la basura (tanto antes como después del fallecimiento), haciendo imposible para algunos de los restantes familiares poder tener un recuerdo de la fallecida.
En estos delicados momentos e inexperimentados momentos en lo que se refiere a herencias no sabemos qué hacer y se agradecen todos los consejos.
Gracias
La respuesta a su pregunta es sencilla:
Cuando una persona hace testamento, el notario lo notifica al registro Central de últimas voluntades.
Para saber si ha dejado testamento, tienen que ir a la oficina de la secretaria del Ministerio de justicia de su ciudad o provincia.
Llevando un certificado original de defunción, rellenan una solicitud que allí le facilitarán y se pide el certificado de últimas voluntades al registro central.
El certificado de defunción se lo puede facilitar la misma funeraria que se ocupó de ella.
Hay que pedirlo pasados 15 días hábiles desde el fallecimiento. También en el mismo momento pueden pedir el certificado de seguros Para ver si tenía algún seguro de vida.
En pocos días, unos 15, les darán el certificado de últimas voluntades. En él aparece si ha hecho testamento y el notario. Si ha hecho varios a lo largo de su vida aparecen también reflejados, pero han de atenerse al más reciente.
Con esto, van al notario y le piden copia del testamento.
Después ya es cosa de que los herederos investiguen lo que pudiera tener, seguros, saldos en bancos o alguna propiedad, lo valoren y decidan si les interesa aceptar la herencia o no. (porque también puede haber dejado deudas y si se acepta ser heredero se aceptan bienes y derechos pero también obligaciones y deudas).
Ya hasta que no sepan más creo que poco se les puede decir. Ya les he marcado los pasos iniciales a seguir.
Les deseo suerte.
Por favor, no olvide valorar y finalizar la pregunta
Muchas gracias por todo.. Aunque vemos que no se puede hacer mucho. Pecamos de buena voluntad y ya han desvalijado prácticamente la casa de la fallecida mientras intentábamos realizar una reunión a la que daban largas (con razón, para llevárselo todo..)

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