Herencia en vida y alzamiento de bienes.

Estando casado y en régimen
De bienes gananciales, mi madre, me ingresa en una cuenta común con mi pareja, una
cantidad importante de dinero para afrontar la compra de nuestro único piso, y
3 años más tarde nos facilita otra cantidad menor para cancelar la hipoteca.
Mi madre adelanta la herencia en vida, y con ella paga el 85-90%
Del valor del piso.
Todavía dispongo de las cartillas de la cuenta, con las
anotaciones de las transferencias.
-¿Tengo alguna posibilidad alegando esta circunstancia como bien
no ganancial?
-Es posible que el reconocimiento de esta circunstancia, por
parte de mi mujer, ¿frente a un juez me resulte beneficiosa?
He leído bastante sobre el tema, pero encuentro contradicciones en si
este echo habría de calificarse como donación o herencia en vida, y si ha de
considerarse como ganancial o privativo, y no acaba de quedarme claro, pese a que debe ser una situación bastante común.
-Podría devolverle ahora, en situación de pre-divorcio, parte de lo que me dio-intentando salvarlo-sin incurrir en alzamiento de bienes ¿?

1 respuesta

Respuesta
-1
Tendría que analizar la documentación que usted tiene.
El problema radica en que las donaciones a un hijo son privativas (en ese caso no tendría problema sería suyo)
Sin embargo las donaciones hechas conjuntamente a los esposos pertenecen a los dos en pro-indiviso ordinario.
Probablemente por esta circyunstancia que le acabo de comentar, usted no lo tiene claro del todo.
www.ortizcondeabogadosblog.com
En primer lugar agradecer tu rápida respuesta.
La documentación consiste en las libretas de ahorro desde 1994 hasta posterior a la cancelación de hipoteca (1997), donde se ven los importes y fechas de los mismos, que coinciden en el tiempo, obviamente con las fechas de escritura de compra y cancelación hipotecaria.
Lamentablemente no advertí que el aporte económico no fue motivado por mi matrimonio.El artículo 1336 del código civil, y el 1339 que citas refieren a donaciones por razón y en consideración de matrimonio. No es mi caso con absoluta certeza. Esta aportación económica se hace más de 5 años después de mi boda. La motivación del aporte no es el matrimonio, sino facilitar el acceso a una vivienda.
Te ruego me disculpes el error.
El problema que tengo es que no creo que pueda llegar frente a un juez y decirle" mire usted este dinero procede de la herencia en vida de mi madre, y aquí le traigo la cartilla de ahorros para que usted vea los ingresos…". No creo que pueda hacer esto, pese a ser cierto, y esperar que me crea.
Gracias y un Saludo.
Yo no cito ningún artículo los citas tú.
Y si donas una cosa a dos personas conjuntamente les pertenece a los dos con independencia de que sean o no donaciones propter nupcias.

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