|
Hola, 2303. Vamos por partes:
En épocas de crisis como en la que nos encontramos, es normal que se produzcan despidos y tú, por lo que veo, hasta ahora has tenido suerte. Y si no hay ocho horas de trabajo como dependienta, es normal que cubras tu jornada con otro tipo de labores, precisamente para evitar que te reduzcan la jornada.
A una mujer embarazada, la empresa la puede despedir como a cualquier otra, siempre que haya un motivo para ello. Desde luego, te aconsejo que no aceptes nunca la reducción de jornada que, en todo caso, tendría que ser autorizada por la Autoridad Laboral.
Por supuesto, la empresa, por motivos económicos o de falta de producción, te podría despedir objetivamente, con una indemnización de 20 días por año, aunque siempre demostrando estas circunstancias y siempre autorizado por la Autoridad Laboral.
Creo que te estás anticipando con la negociación de los 45 días por año, sin saber si te van a despedir o no. Desde luego, si te quieres marchar, lo suyo sería negociar la indemnización de 45 días, aunque supongo que la empresa no lo aceptaría si es cierto que va mal y sabiendo que te puede despedir con 20 días por año.
Si tienes alguna otra duda, comunícamelo.
Un saludo.
Juan José Alemán.
|