Embargo judicial de cuenta bancaria

Me han embargado 650 euros que tenia en la cuenta corriente de mi banco.
Esa cuenta u otras de las que sea titular, ¿quedan completamente embargadas y cualquier importe que se ingrese queda automáticamente embargado?
Puedo recibir pagos y retirar el dinero que necesito para pagar la pensión de mis hijas y para cubrir mis gastos para el alquiler y poder comer, ¿o el dinero de esacuenta queda bloqueado?
¿Los embargos son puntuales y periódicos y me volverán a embargar de nuevo elimporte que tenga en la cuenta hasta satisfacer el importe total de la deuda?
¿Puedo negociar el pago de una mensualidad? Y si es así con quien tengo que negociar, ¿con la entidad financiera o con el juzgado que lleva el tema?
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En teoría, solo te pueden embargar la cuenta si eres titular de la cuenta y la deuda es tuya. Por ejemplo, si aparecieras como AUTORIZADO de la cuenta, no sería posible embargarte el saldo de la cuenta porque no eres titular.
Yo te recomiendo que todos esos ingresos que te vayan a hacer en el futuro los pongas en otra cuenta en donde tu no aparezcas como titular..., dado que te seguirán llegando embargos hasta cubrir la deuda que te están reclamando. Los embargos tienen que ir vía judicial, es decir, tienen que estar acordandos por un Juzgado ..., que envía comunicación a la entidad bancaria para que proceda a la retención de los saldos presentes y/o futuros que puedan aparecer en esa cuenta tuya.
Por lo pronto, yo dejaría de utilizar esa cuenta..., y abriría otra en otra entidad..., si la nueva sigues apareciendo como titular te ocurrirá lo mismo antes o después..., de manera que si puedes ponte de AUTORIZADO...! De COTITULAR tampoco es buena opción, porque los bancos normalmente te embargan y después preguntan de quien es..., así que mal negocio!
Suerte...
Muchas gracias por tu respuesta, de momento seguiré tu consejo y utilizaré una cuenta en la que aparezca como autorizado.
Entiendo por tu respuesta que cualquier dinero que ingrese en esa cuenta quedará embargado... Es que en algún sitio leí que los embargos se producían de manera puntual (y que seguro que se repetirán) pero que no embargarían cualquier importe futuro que entre en la cuenta... aunque me parece que eso complicaría mucho el procedimiento para losjuzgados...
¿Sabes cómo puedo acordar el pago de la cantidad que falta por satisfacer de la deuda?
¿Tengo qué hablar directamente con el juzgado o con la entidad financiera?
El problema es que si me embargan todo no podré pagar la pensión de mis hijas a mi ex mujer y lo ultimo que necesito ahora es tener problemas con ella.
Todo depende de la orden del embargo: el Juzgado puede acordar la retención del saldo que llegue a esa cuenta..., no solo lo que hay en ese momento sino también los futuros. La entidad financiera pone un bloqueo en la cuenta, y cada vez que entre dinero en la cuenta lo retiene, y no puedes disponer de él.
El embargo viene a petición del acreedor. Puedes llegar a un acuerdo con la acreedora..., ponte en contacto con ellos..., llega a un acuerdo para que dejen en suspenso el procedimiento judicial que ha acordado el embargo y levanten el embargo.

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