Nominas parte proporcional

Soy estudiante de contabilidad, me han mandado un trabajo sobre nominas y tengo la siguiente duda sobre el siguiente asiento.
El 3 de septiembre se contrata a paz lopez como administrativa a media jornada .
¿Su sueldo se ha fijado el 580? Mensuales con retención de IRPF del 8% y seguridad social de 55. ¿El importe mensual del TC1 es de 130?.
Lo que he echo han sido 4 asientos de la nomina normal mlo en que me gustaría saber es si tengo que hacer un quinto asiento con la paga proporcional de diciembre ya que el trabajo que me han manadado no me lo especifica. ¿Y si tuviera que hacer el quinto asiento con la paga proporciponal como se haría?

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Hay que contesta exactamente a lo que te preguntan, ni más ni menos, pues existe la posibilidad de equivocarse precisamente en aquello que no te están preguntando.
Como lo preguntas te responderé: la paga es más nomina, y se contabiliza contra las mismas cuentas, DB 640 para recoger el gasto bruto, DB 642 para la SS por cuenta de la empresa, HB 475 para las retenciones, HB476 para total TC1 465 para el liquido a percibir por los trabajadores.
Hola necesito una pequeña aclaración.
Yo he echo 4 asientos bien echos de la nomina ya que se contrata ha esta chica en septiembre.
Entonces tendría que hacer un quinto asiento exactamente igual a los demás por la paga del mes de diciembre, ¿ya qué no me dice nada de la paga proporcional?
Gracias de antemano.
Te decía que responder a algo que se pregunta en el enunciado del trabajo puede traerte problemas, te podrías estar complicando la vida, pues igual de nota te pondrían de no hacerlo.
Pero pensándolo mejor, por tu insistencia, y aunque el enunciado del trabajo no especifique lo de la paga, puede que tu profesor este esperando que lo hagáis, o sea, que penalice el no hacerlo, o que puntúe más al que así lo haga.
Bien, entonces, te aconsejo que lo consideres en tu trabajo. Debes hacer explicita esta consideración, y explicar cómo calculas el importe de la paga.
Habitualmente, hay entre 2 y 4 pagas por importe de una mensualidad (debes preguntar a un arquitecto cuantas tienen ellos y de cuanto pues son profesionales autónomos que ahora mismo desconozco si tiene una norma, acuerdo o convenio donde se fije esto). Haz constar en tu trabajo que has contactado un despacho de un arquitecto (no pongas nombre, solo arquitecto en activo) para obtener esa información, quedara perfecto.
Debes tener en cuenta que las pagas se devengan (se tiene obligación de pagarlas y derecho a cobrarlas) conforme al tiempo trabajado en el perido del devengo. Es decir, que si hay 4 pagas que se devengan por trimestre, el trabajador que trabaje 4 meses, como en tu caso desde septiembre, tiene derecho a 1/3 de la paga del 3er trimestre y a la paga entera del 4º. ¿Me sigues?
Suponiendo que el importe de cada paga fuese equivalente a una mensualidad, la srta Paz Lopez debería cobrar 580/3=193 euros como paga del 3er trimestre y 580 en el 4º.
Por ultimo, las pagas no devengan Seguridad Social, ya liquidada con la nomina de cada mes, pero sí que cuentan para IRPF, por lo que debes hacer retención 8% sobre el importe de pagas calculado. En el ejemplo, que hemos hecho, habría dos asientos uno para la paga del 3T (el primero de abajo) y otro para la del 4º (el segundo):
DB 640=Sueldos...............193 euros para paga 30Sep
HB 4751=Retenciones.......15.44   "     "       "       "       
HB 465=Remuneraciones...177.56 (liquido a percibir)
DB 640=Sueldos............... 580 para paga 31Dic
HB 4751=Retenciones...... 45.40   "     "      "
HB 465=Remuneraciones..534.60

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