Creación SIMCAV o Fondo de inversión

Un amigo de mi padre me comentaba el otro día que está pensando en crear una SIMCAV, para gestionar el patrimonio familiar. El año pasado, que me informé sobre el tema, eran necesarios 2.400.000 euros para crearla y, para crear un fondo de inversión eran necesarios 3.000.000 de euros. A finales del año pasado se decía que estaba a punto de cambiar la ley de Instituciones de Inversión Colectiva, y que posiblemente esas cantidades mínimas variarían. ¿Ha salido ya la nueva ley? Si no es así ¿Para cuándo se prevé que entre en vigor? ¿Se sabe ya cuales serán las cantidades mínimas para crear una y otra? ¿Van a tomar alguna medida para evitar los socios de paja que ponen en las sociedades de valores para llegar al número de 100 partícipes necesario para darle legalidad a la SIMCAM?
Perdona si la pregunta es difícil.

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Lamento el retraso en contestar. Veamos: el tema no es excesivamente complejo en sí mismo, aunque efectivamente existe siempre mucha información contradictoria entorno a este tema. Se encuentra ya prácticamente lista la aprobación de un borrador del nuevo reglamento de IIC. Se lleva mucho tiempo hablando sobre él, pero que yo sepa aún no está publicado en el BOE, y por lo tanto no está en vigor. Yo creo que probablemente estará listo de forma inminente, antes de final de año en cualquier caso. En ese nuevo reglamento, no se varían los importes mínimos para constituir la SIMCAV, pero se suavizan algunos de los requisitos referentes a los períodos de cotización obligatorios y se abre la posibilidad de división de la SIMCAV en varios compartimentos que podrían ser gestionados de manera independiente (siempre y cuando la SIMCAV en su conjunto posea más de 100 partícipes y tenga un capital mínimo de 2.400.000 eur) Cada compartimento inferior deberá tener un mínimo de 600.000 euros, si no me equivoco.
De todos modos, la problemática de los famosos "mariachis" (como vulgarmente se conoce a esos hombrecillos de paja que tu apuntas) sigue de actualidad. El nuevo reglamento no evita el contencioso que existe entre la Hacienda Pública y los reguladores entorno a la figura de la SIMCAV entendida como un vehículo que puede ser utilizado para la evasión de impuestos. De modo que este formato de inversión sigue estando en entredicho, si bien se estipuló recientemente que Hacienda deberá obtener el visto bueno de la CNMV antes de abrir un expediente a una SIMCAV.
A mi, como profesional del tema, la SIMCAV no me gusta como vehículo de inversión. De todos modos, si el amigo de tu padre está buscando la mejor manera de gestionar su patrimonio con las menores implicaciones fiscales, existen otros modos de hacerlo, bien a través de fondos (como tu apuntas), o de FCPs, etc...
Si requieres mayor información al respecto yo podría ayudaros. De modo, que si lo deseas puedes volver a ponerte en contacto conmigo y nos reuniríamos para asesoraros en persona.

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