Inversiones en Hyip

Y antes de nada muchas gracias por su ayuda.
Resido en España y estoy pensando en invertir en varios Hyip (programas de alta rentabilidad) a través de Internet como por ejemplo "Vaol Investments". Estos programas tiene constituida empresa con base en paraísos fiscales como Belize o Panamá. Mi pregunta es, ¿es legal invertir en ellas?
¿Tendría qué declarar los supuestos beneficios de estos Hyip aquí en España? ¿De qué forma?
Existen también algunos Hyip que se consideran cubs privados de inversores y que no constituyen ninguna empresa ni informan sobre sus inversiones, ¿es legal invertir en ellos? ¿Cómo habría que decalrar los posibles beneficios si es necesario?

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Si puedesaportar la documentación suficiente a Hacienda para demostrar que la rentabilidad real obtenida es del 10%, entonces tributarías por esos 100 euros de beneficio. En cambio, si Hacienda considera que las pruebas aportadas no son suficientes, entonces considerarán que has obtenido un beneficio del 15%, y por lo tanto deberás tributar sobre esos 150 euros de beneficio.
La inversión hay que declararla como inversión en capital mobiliario.
El tema es que no creo que pueda presentar la documentación para justificar dicho 10 % con lo que tendría que asumir ese 15%. Para poder presentar el beneficio como inversión en capital mobiliario, ¿tengo qué presentar alguna documentación que la acredite de alguna forma o basta con declarar esa cantidad en la sección de capital mobiliario sin más justificación?
De nuevo muchas gracias y perdón por las molestias.
Mi problema es que no tengo documentación.
Yo invierto en los Hyip de la siguiente forma. Tengo una cuenta e-gold a través de la cual invierto en los diversos Hyip en los que confío.
Para meter fondos en la cuenta e-gold uso una pasarela (paybygold) que me permite transferir fondos de mi cuenta bancaria a la cuenta egold de la siguiente forma: realizo una transferencia bancaria de mi cuenta bancaria a la cuenta bancaria que esta pasarela tiene habilitada en españa (una cuenta de la Caixa), tras lo cual paybygold transfiere estos fondos a mi cuente e-gold. Así pues yo la transferencia bancaria que realizo no la hago a un paraíso fiscal sino que la realizo a una cuenta española de la Caixa perteneciente a la pasarela paybygold. Los posibles beneficios de mis hyip de confianza se generan en la cuenta e-gold y cuando quiero acceder a ellos vuelvo a utilizar a la pasarela paybygold que me envía a mi casa un cheque con la cantidad que quiera recuperar de mi cuenta e-gold.
Por lo tanto la única documentación que tendría sería:
1-Mi transferencia bancaria a una cuenta española, por lo tanto nacional.
2-Cheque que no proviene directamente de los hyip sino de una pasarela
¿Cómo puedo pues justificar esta inversión y posibles beneficios?
Muchas gracias de nuevo por toda tu valiosa ayuda.
Un saludo
Debes presentar la documentación que tengas (certificado de inversión, extracto de cuenta, acciones...). Cualquier documento que pueda justificar que es un dinero que va a volver a España y que no estás evadiendo capitales a un paraíso fiscal.
Instituciones de inversión colectiva constituidas en paraísos fiscales
(LIRPF art.78 y
disp. Trans. 2ª)
El régimen fiscal de los socios o partícipes de las instituciones de inversión colectiva constituidas en países o territorios calificados reglamentariamente como paraísos fiscales, presenta las siguientes características
a) Instituciones afectadas: las entidades constituidas en paraísos fiscales análogas a las instituciones de inversión colectiva reguladas en la L 35/2003.
b) Renta a integrar en la base imponible: los contribuyentes están obligados a integrar en su base imponible la diferencia positiva entre el valor liquidativo de la participación el día que concluye el período impositivo del partícipe y el valor de adquisición de la participación.
La renta se integra en la parte general de la base imponible.
c) Valoración de la participación: el importe integrado en la base imponible se considera, a efectos fiscales, como mayor valor de la participación, ya que, en otro caso, se generaría una doble imposición cuando se produjese la transmisión o reembolso de las acciones o participaciones.
d) Distribución de beneficios: los beneficios que distribuya la IIC no se integran en la base imponible del contribuyente, lo que se explica por el hecho de que previamente el contribuyente ha debido tributar por la renta generada por las acciones o participaciones. Su importe reduce el valor fiscal de la participación, sin que den derecho a practicar deducción por doble imposición.
e) Presunción de rentas: la Administración tributaria podrá presumir que la renta a integrar en la base imponible es el 15% del valor de adquisición de la participación, salvo que el contribuyente pruebe que la renta es diferente a la que resulta de la presunción.
En resumen, es obligatorio declarar dicha inversión, y por el hecho de estar hecha en paraísos fiscales Hacienda puede decirte que los beneficios han sido de un 15% (presunción de rentas).
Aunque no informan sobre sus inversiones, tú antes habrás tenido que mandar el dinero a una cuenta situada en un paraíso fiscal, con lo que debes declarar como inversión en un paraíso fiscal, independientemente de en qué se invierta ese dinero.
Antes de hacer nada, asegúrate que el Hyip es de confianza, puesto que aunque los existe muy buenos, hay también chiringuitos.
Hola de nuevo Chak.
Por favor, necesitaría que me aclarases la situación con un ejemplo. Imagina que invierto 1000 Euros en un Hyip que en 6 meses se han convertido en 1100 Euros. La rentabilidad por lo tanto es del 10% en esos 6 meses y la rentabilidad ha sido de 100 euros. ¿Qué seria lo que tengo que declarar a hacienda? Solo los 100 euros de beneficio, los 1000 de la inversión, o los 1100 del total. ¿Ese 15 % de presunción de rentas a que se aplicacia? Como habría que declarar este capital ha hacienda, ¿cómo una inversión en bolsa más?
Muchas gracias de nuevo.
Aunque tú transfieras el dinero a una cuenta española, teóricamente desde la cuenta e-gold de la Caixa los fondos se transfieren a un paraíso fiscal. Según la ley vigente, ¿e-gold debe declarar toda salida de fondos hacia un paraíso fiscal si el importe es superior a 6.000?, y dicha declaración teóricamente la hace en tu nombre, es decir, que tu NIF debería ir asociado a dicho movimiento.
No sé que importes estás pensando en invertir, pero en cualquier caso, infórmate en e-gold sobre si declaran o no a quién pertenecen las transferencias que realizan.

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