Alquilar mi vivienda habitual e irme a otra vivienda.

Tengo una duda y no se que es lo mejor, resulta que voy a alquilar mi vivienda habitual desde el 2004 pagando mi hipoteca de 400 euros, quizás me voy a una casa rural por 500 euros... Pues bien, la pareja que quiere alquilar mi piso tienen 33 años (ella) y 28 años (el), son amigos de confianza, de momento ellos NO QUIEREN DECLARAR EL ALQUILER (se haría contrato privado), y yo seguiría empadronado en mi piso... La casa rural que quiero yo alquilar de 500 euros la señora propietaria lo quiere declarar...
1º... ¿Si ella declara (propietaria de la casa rural) yo lo tengo que hacer también?.
2º... ¿Para hacienda pasa algo si ven que alquilo una casa de campo pero sigo empadronado en mi vivienda habitual?
No se si me explico, evidentemente hago esto para NO PERDER LA DESGRAVACIÓN POR VIVIENDA HABITUAL... La pareja no quieren que yo pierda la desgravación porque les hago el favor de quedarse en mi casa por 250 euros al mes los 2 juntos hasta que el encuentre trabajo, ella de momento tiene trabajo... Pero si acarrea muchos problemas les diré a la pareja que lo declaren y yo también, la luz, agua etc siguen todo a mi nombre... Como antes... Simplemente solo constan en el empadronamiento que viven en mi casa. Muchas gracias. SALUD.

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Pues mira si ella lo declara y tú no lo declaras no pasa nada el problema es si deduces por vivienda habitual y luego declaras tú el alquiler ya que en ese caso hacienda se metería a investigar y lógicamente te sancionarían.

Por otro lado si cobras en negro el alquiler de la vivienda habitual no vas a tener problema, el problema te puede venir en la forma de pago, te recomendaría que cobres en efectivo el alquiler o en caso contrario que por lo menos en el banco cuando te ingresen el alquiler lo hagan en efectivo y no pongan concepto para no dejar rastro de cara a hacienda.

vale, osea que...1º si la señora de la casa rural declara el alquiler y yo no ¿puede haber problema?no he entendido muy bien que puedo hacer, ¿no declaro el alquiler y si la vivienda habitual?...¿y si le digo a la señora que tambien lo haga en negro? ;)

2º si los inquilinos de mi piso me dan el dinero en mano sin ningún tipo de transferencia ¿mejor?

GRACIAS.

A ver te resumo la explicación:

La mejor opción es pagarle en negro a la señora del alquiler de la casa rural y que ni tu ni ella lo declare y luego cobrar tú el alquiler en mano sin declarar ni tu ni los inquilinos el alquiler y así podrás deducir por vivienda habitual.

Si la señora de la casa rural declara el alquiler tu no puedes deducírtelo ya que perderías el derecho a la deducción por vivienda habitual y te arriesgarías a una inspección por parte de la Agencia Tributaria, por tanto deberías deducir por vivienda habitual cobrar en negro tu alquiler y el alquiler que pagas pagarlo en negro también así no habría problemas aunque la señora de la casa rural declare el alquiler.

Saludos, espero que te quede claro y se agradece valoración por parte de los usuarios.

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Este tema no es de contabilidad de todas formas tratar de contestarte cuando cambias de residencia tu como persona física tienes tres meses para declarar a hacienda el cambio de residencia el incumplimiento de dicha obligación constituye infracción tributaria.

Si tu desempeñas una actividad en el lugar de la casa rural es decir en ese pueblo y demás si la AEAT se pone a investigar un poco podrías tener problemas si el alquiler ademas no lo declaras ademas de perder la deducción aquí existiría un problema.

Esto no quiere decir que hacienda se vaya a poner a investigar

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Si usted hace un alquiler menor a un año... para la casa de campo, aunque la propietaria lo declare, no hay problema, pues se entiende que no es un alquiler para vivienda habitual... En ese caso, usted podría seguir deduciendo, pero tenga en cuenta que esta cometiendo una ilegalidad y pueden ser sancionados.

¿si digo que les alquilo una habitación?....yo lo último que he pensado es seguir con todo a mi nombre, luz, agua etc, pero solo cambiar el recibo del cobro en el banco, osea poner el numero del banco de los inquilinos de mi piso....también he pensado cobrarles el dinero sin ninguna transferencia en el banco...(en mano) o incluso el dinero mandarlo directamente a la cuenta de la señora ;) 250 a la cuenta de la señora de la casa rural y yo solo realizo transferencia de 250 euros de mi banco al suyo...total los 500 del alquiler por casa rural...¿me complico mucho? ;) quiero hacer todo lo que sea porque solo me quedan 3 años por pagar mi hipoteca y no quiero que por hacerle el favor a la pareja amiga mía me "quiten" los 1000 euros de deducción....por lo que veo ¿tengo que decir a la señora que me haga contrato de 11 meses prorrogables? GRACIAS

Tiene que tener en cuenta el riesgo que supone no cambiar los contratos de suministro a nombre de los inquilinos, pues si no pagan, usted es responsable...

En cuanto al cobro, mejor en mano.

Y el alquiler de la casa rural, temporal... por 11 meses es correcto.

Pero tenga en cuenta que puede ser sancionada...

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Este tipo de operaciones para evitar la pérdida de la deducción por vivienda habitual es muy común pero yo personalmente NO la recomiendo nunca, se trata de un fraude que puede salir muy caro. Hace poco tuve un cliente al que Hacienda le ha sancionado por esto mismo simplemente por un despiste del inquilino que indicó que su vivienda habitual era la alquilada por mi cliente y, evidentemente con todos los medios informáticos de hoy en día, la alarmas saltaron y se destapó todo. No obstante, evidentemente usted puede hacer lo que estime conveniente.

Respecto al alquiler de la casa rural, su arrendadora no es quien tiene derecho a aplicarse la deducción por alquiler de vivienda habitual si no usted como arrendatario (artículo 68.7 Ley IRPF). En este caso, no puede aplicarse las dos deducciones a la vez aunque puede perfectamente alquilar la casa rural siempre que no sea como vivienda habitual, es por ejemplo como quien se desgrava por su vivienda y alquila dos meses un apartamento en la playa.

vale, y ¿que se considera vivienda habitual?, es decir, yo sigo empadonado en el piso, pero si hago un contrato legal de 1 año o año y medio, con la propietaria de la casa rural para hacienda ¿se considera vivienda habitual aunque no esté empadronado en la vivienda del campo? ¿tengo que estar un plazo inferior a 1 año para que no sea vivienda habitual?. GRACIAS.

lo entiendo todo excepto "lo del despiste del inquilino", ¿que significa que a la hora de hacer la declaración pusieron como vivienda habitual mi piso?, ¿no es lo mismo que estar empadronado en mi casa?, ¿que tienen que hacer entonces ellos a la hora de hacer la declaración?...GRACIAS!!.

¿cuanto es la denuncia?

Para que se considere vivienda habitual debe residir en ella un período mínimo de 3 años.

Independientemente de su vivienda habitual, usted puede alquilar esa casa en el campo, siempre que ésta no vaya a ser su vivienda habitual puesto que ya se está desgravando por tal concepto el piso arrendado a sus amigos.

Con un "despiste del inquilino" me refiero a algo tan simple como poner la dirección postal de mi cliente, de manera que el inquilino tenía la dirección del piso de mi cliente como propia era imposible que fuese la suya habitual.

La sanción es: devolución de todo lo desgravado + intereses de demora + sanción.

ahora entiendo....y la sanción es devolver todo lo deducido desde la compra (año 2003) o el ultimo año que se ha empadronado a la pareja...GRACIAS.

Debe ser devolución de todo los deducido en los últimos cuatro años (plazo de prescripción para que Hacienda pueda reclamar las deudas), incluidos los recargos.

+ intereses de demora

+ sanción.

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